{"id":22478,"date":"2017-09-21T21:52:26","date_gmt":"2017-09-22T02:52:26","guid":{"rendered":"http:\/\/www.revistazetta.com\/?p=22478"},"modified":"2017-09-21T21:52:26","modified_gmt":"2017-09-22T02:52:26","slug":"punto-final-al-pasivo-laboral-electricaribe-opinion-javier-lastra","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistazetta.com\/?p=22478","title":{"rendered":"Punto final al pasivo laboral de Electricaribe &#8211; Opini\u00f3n de Javier Lastra"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"color: #000080;\"><strong>Por Javier Lastra Fuscaldo &#8211;\u00a0Agente Especial Electricaribe<\/strong><\/span>.-\u00a0Adem\u00e1s de los procesos laborales ordinarios para reclamar derechos, son muy comunes las acciones de tutela. Si bien las solicitudes de derechos laborales son leg\u00edtimas, por la inmediatez de las tutelas y la indiscriminada competencia de los juzgados, se corre el riesgo que en ocasiones se emitan fallos que otorguen beneficios que excedan el derecho fundamental que supuestamente se pretende proteger.<\/p>\n<p>Por ejemplo, en Electricaribe se pagaron 36 mil millones de pesos por cuenta de 29 tutelas por temas pensi\u00f3nales entre los a\u00f1os 2013 a 2016. Las singulares tutelas ordenaban reajustes del 15 por ciento de las mesadas de los accionantes con base en la derogada ley 4 de 1976. Los fallos, que buscaban proteger el derecho al m\u00ednimo vital de personas que ya disfrutan de una pensi\u00f3n, fueron emitidos por los juzgados penales y promiscuos de Aracataca, Ci\u00e9naga, Fundaci\u00f3n y Santa Marta, a varios trabajadores residentes en Barranquilla o Cartagena.<\/p>\n<p>Las \u00f3rdenes de arresto para los directivos de Electricaribe que se negaran a reconocerlas y pagarlas se convirti\u00f3 en la pr\u00e1ctica efectiva para obligar a la empresa a honrar los discutibles fallos.<\/p>\n<p>Si bien despu\u00e9s de la toma de posesi\u00f3n las tutelas siguen llegando, no se ha desembolsado un solo peso a pesar de las 21 \u00f3rdenes de arresto recibidas, porque estas han sido revocadas por otros jueces gracias, entre otros, al contundente argumento de la imposibilidad de pagar obligaciones anteriores a la intervenci\u00f3n porque por expresa disposici\u00f3n legal estas se encuentran suspendidas.<\/p>\n<p>Subsiste una orden de arresto del Juez 15 Penal Municipal de Cartagena y confirmada por el juzgado 7 Penal del Circuito dentro de un incidente de desacato iniciado por la Subdirectiva de Sintraelecol de esa ciudad en virtud de la sentencia T \u2013 619 de 2013, donde el solo reconocimiento del retroactivo all\u00ed ordenado superar\u00eda los 10 mil millones de pesos. El tema se agrava en la medida que las acciones de tutela no dan tregua pues estas se siguen presentando.<\/p>\n<p>Se enfrenta una disyuntiva. No obedecer una orden de tutela es un fraude a resoluci\u00f3n judicial, pero pagarla por hechos anteriores a la intervenci\u00f3n es prevaricato. En fin, m\u00e1s all\u00e1 de c\u00f3mo salir de esta encrucijada, es mucho m\u00e1s grave el hecho de que el pasivo laboral de la compa\u00f1\u00eda aumente indefinidamente.<\/p>\n<p>Encontrar una soluci\u00f3n de fondo al problema del servicio de energ\u00eda en la Regi\u00f3n Caribe involucra a muchos actores y los trabajadores y pensionados tienen mucho que aportar. Ponerle punto final al incremento del monto del pasivo laboral y pensional y contar con un valor cierto es una variable de fondo que hay que considerar en el an\u00e1lisis de cualquier alternativa de soluci\u00f3n. Por esa raz\u00f3n, siempre hemos estado abiertos a dialogar con los trabajadores, sindicatos y pensionados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Javier Lastra Fuscaldo &#8211;\u00a0Agente Especial Electricaribe.-\u00a0Adem\u00e1s de los procesos laborales ordinarios para reclamar derechos, son muy comunes las acciones de tutela. Si bien las solicitudes de derechos laborales son leg\u00edtimas, por la inmediatez de las tutelas y la indiscriminada competencia de los juzgados, se corre el riesgo que en ocasiones se emitan fallos que otorguen beneficios que excedan el derecho fundamental que supuestamente se pretende proteger. 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