{"id":36759,"date":"2020-07-22T07:58:36","date_gmt":"2020-07-22T12:58:36","guid":{"rendered":"http:\/\/revistazetta.com\/?p=36759"},"modified":"2020-07-22T10:59:06","modified_gmt":"2020-07-22T15:59:06","slug":"contratista-defiende-transparencia-en-su-proceso-con-alcaldia-para-contrato-con-secretaria-de-hacienda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistazetta.com\/?p=36759","title":{"rendered":"Contratista defiende transparencia en su proceso con Alcald\u00eda para contrato con Secretar\u00eda de Hacienda"},"content":{"rendered":"<div class=\"page\" title=\"Page 1\">\n<div>Un proceso contractual de la Secretar\u00eda de Hacienda para publicitar estrategias institucionales suscit\u00f3 pol\u00e9mica tras la denuncia de la empresa PGL Marketing sobre presunto favorecimiento a la firma ganadora On Media, lo que motiv\u00f3 un pronunciamiento de su representante legal Angie Hincapi\u00e9.<\/div>\n<div>La denuncia se\u00f1alaba que la adjudicataria no cumpli\u00f3 con requisitos, y que al subsanarlos persisti\u00f3 una conducta parcializada a su favor desde la Secretar\u00eda para adjudicarle el contrato, por valor de $80 millones.<\/div>\n<div>La firma ONMedia emiti\u00f3 este comunicado, firmado por su directora Angie Dayhana Hincapi\u00e9 Alzate:<\/div>\n<div><\/div>\n<div class=\"section\">\n<p><em><span style=\"color: #000080;\">COMUNICADO A LA OPINI\u00d3N P\u00daBLICA<\/span><\/em><\/p>\n<div class=\"layoutArea\">\n<div class=\"column\">\n<p><em><span style=\"color: #000080;\">Cartagena de Indias D.T y C, 22 de Julio de 2020. A ra\u00edz de los cuestionamientos y falsas acusaciones que diferentes medios de comunicaci\u00f3n digital y redes sociales han efectuado en mi nombre, debido a la adjudicaci\u00f3n del contrato de m\u00ednima cuant\u00eda MC-SHD-007-2020, actuando en nombre propio y de mi agencia On-media producciones, me permito hacer las siguientes precisiones:<\/span><\/em><\/p>\n<ul>\n<li><em><span style=\"color: #000080;\">&#8211; \u00a0Yo, Angie Dayhana Hincapi\u00e9 Alzate, identificada con CC 1037643259 oriunda de Cartagena de Indias D.T y C, cuento con la plena libertad de participar de cualquier tipo de licitaci\u00f3n p\u00fablica, cumpliendo con los requisitos exigidos. Soy Comunicadora Social y Periodista de la Universidad Cat\u00f3lica Luis Amig\u00f3, cuento con 05 a\u00f1os de experiencia, de los cuales los \u00faltimos 02 a\u00f1os han sido dedicados a emprender y construir un sue\u00f1o llamado On-media Producciones. En el momento en que tom\u00e9 la decisi\u00f3n de emprender, fue con un objetivo claro, \u00e9tico y profesional, por ello las grandes, medianas y peque\u00f1as empresas que han confiado en mi persona, actualmente siguen confiando en m\u00ed y en el equipo profesional que trabaja arduamente para la agencia On- media Producciones.<\/span><\/em><\/li>\n<li><em><span style=\"color: #000080;\">&#8211; \u00a0Mi participaci\u00f3n en el proceso de contrataci\u00f3n estatal es un derecho que tiene cualquier ciudadano sin ser estigmatizado o discriminado por ser joven o nuevo emprendimiento por parte de algunos \u201cPeriodistas\u201d.<\/span><\/em><\/li>\n<li><em><span style=\"color: #000080;\">&#8211; \u00a0El pasado 15 DE JUNIO DE 2020 particip\u00e9 en la primera licitaci\u00f3n publicada por la Secretaria de Hacienda en SECOP II bajo el ID: MC-SHD-006-2020, en la cual fui la \u00fanica proponente en presentarme, sin embargo, mi propuesta fue rechazada, debido a que tuve errores espec\u00edficos del IVA, por tal raz\u00f3n y por ser la \u00fanica proponente, la oferta se declar\u00f3 desierta el 19-06-2020.<\/span><\/em><\/li>\n<li><em><span style=\"color: #000080;\">&#8211; \u00a0El pasado 09 de julio de 2020 volv\u00ed a participar del proceso en referencia MC-SHD-007-2020 y esta vez se present\u00f3 de igual forma la agencia PGL, sin embargo, el 13 de julio de 2020, publicaron el informe de evaluaci\u00f3n, aclarando que Angie Dayhana Hincapi\u00e9 Alzate, se le otorgaba el puntaje m\u00e1ximo de 100 puntos, debido a que este puntaje lo adquir\u00eda quien presentara la oferta m\u00e1s econ\u00f3mica de acuerdo a los pliegos de la oferta. Yo, Angie Hincapie Alzate, present\u00e9 una propuesta econ\u00f3mica mucho menor que la de PGL y por ello el puntaje total me lo otorgaron.<\/span><\/em><\/li>\n<li><em><span style=\"color: #000080;\">&#8211; \u00a0En el informe de evaluaci\u00f3n, cumpl\u00ed con los requisitos econ\u00f3micos y jur\u00eddicos, sin embargo, se hall\u00f3 una inconsistencia en la propuesta t\u00e9cnica, por lo cual solicitaron subsanar el d\u00eda 16-07-2020 y lo solicitado se subsan\u00f3 en los tiempos y plazos establecidos a trav\u00e9s de la plataforma SECOP II.<\/span><\/em><\/li>\n<li><em><span style=\"color: #000080;\">&#8211; \u00a0Si bien es cierto que (2) de los programas radiales no se encontraban al aire, cabe aclarar que la propuesta t\u00e9cnica de acuerdo a los pliegos de la oferta y de la ley, pueden ser subsanables y modificables por las directrices de la Secretaria de Hacienda, por ello no pod\u00edan descalificarme del proceso.<\/span><\/em><em><span style=\"color: #000080;\">\u201cEl r\u00e9gimen jur\u00eddico de la regla de subsanabilidad establecido el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 5\u00b0 de la Ley 1150 de 2007 consagra:<\/span><\/em><br \/>\n<em><span style=\"color: #000080;\">(&#8230;)<\/span><\/em><br \/>\n<em><span style=\"color: #000080;\">\u201cPar\u00e1grafo 1\u00b0. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contrataci\u00f3n o al proponente, no necesarios para la comparaci\u00f3n de las propuestas no servir\u00e1n de t\u00edtulo suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignaci\u00f3n de puntaje, podr\u00e1n ser solicitados por las entidades en cualquier momento, hasta la adjudicaci\u00f3n. No obstante, lo anterior, en aquellos procesos de selecci\u00f3n en los que se utilice el mecanismo de subasta, deber\u00e1n ser solicitados hasta el momento previo a su realizaci\u00f3n\u201d<\/span><\/em><\/li>\n<\/ul>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"page\" title=\"Page 2\">\n<div class=\"section\">\n<p><em><span style=\"color: #000080;\">\u201cEl Consejo de Estado mediante sentencia del 26 de febrero de 2014, bajo el radicado 13001-23-31- 000-1999-00113-01 (25.804) sostuvo que \u201ccon la Ley 1150 esos requisitos corresponden a los que \u201casignan puntaje\u201d, de all\u00ed que, si en un proceso de contrataci\u00f3n un requisito no se eval\u00faa con puntos, sus deficiencias son subsanables, es decir, el defecto, el error o incompletitud se puede corregir -! debe corregirse! -, solicitando al oferente que aporte lo que falta para que su propuesta se eval\u00fae en igualdad de condiciones con las dem\u00e1s\u201d.<\/span><\/em><\/p>\n<div class=\"layoutArea\">\n<div class=\"column\">\n<ul>\n<li><em><span style=\"color: #000080;\">&#8211; \u00a0En ese orden de ideas no se me pod\u00eda descalificar por no aportar tales documentos, los cuales fueron subsanados y donde manifest\u00e9 expresamente \u201cNOTA: LA PROGRAMACI\u00d3N DESCRITA EN ESTE DOCUMENTO PUEDE ESTAR SUJETO A CAMBIOS CONFORME A LAS DIRECTRICES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE\u201d, por lo cual en caso de que la entidad requiera cambiar alg\u00fan programa, ser\u00e1 posible hacerlo.<\/span><\/em><\/li>\n<li><em><span style=\"color: #000080;\">&#8211; \u00a0Como se ha evidenciado, este contrato a\u00f1o tras a\u00f1o se ven\u00eda adjudicando a los mismos proponentes en anteriores administraciones, pero esta vez se dio un proceso de manera participativa y transparente, cosa que en a\u00f1os anteriores no suced\u00eda. Es importante resaltar que esta nueva administraci\u00f3n ha venido rompiendo cadenas con la maquinaria pol\u00edtica que ha estado desangrando a nuestra ciudad y qu\u00e9 buena oportunidad para que los nuevos emprendimientos y nuevas generaciones, podamos acceder a ser competitivos con la contrataci\u00f3n estatal y ser part\u00edcipe de toda esta renovaci\u00f3n. A mis colegas del gremio period\u00edstico que est\u00e1n ejerciendo oposici\u00f3n y generando confusi\u00f3n en la opini\u00f3n p\u00fablica, les manifiesto que no se equivoquen dudando de nuestra capacidad para ejecutar estos procesos de contrataci\u00f3n.<\/span><\/em><\/li>\n<li><em><span style=\"color: #000080;\">&#8211; \u00a0Nuestra agencia On-media Producciones cuenta con todos los requisitos jur\u00eddicos para ejecutar el presente contrato de manera responsable, transparente y profesional.<\/span><\/em><em><span style=\"color: #000080;\">FIN DEL COMUNICADO.<\/span><\/em><\/li>\n<\/ul>\n<p>Esta es la posici\u00f3n de PGL Marketing:<\/p>\n<div class=\"page\" title=\"Page 1\">\n<div class=\"layoutArea\">\n<div class=\"column\">\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>Cartagena de Indias, D.T. y C., 21 de Julio de 2020.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>COMUNICADO A LA OPINION P\u00daBLICA Y SOLICITUD DE LEGALIDAD A LA SECRETARIA DE HACIENDA DE LA ALCALDIA DISTRITAL DE CARTAGENA DE INDIASD DENTRO DE LA SELECCI\u00d3N DE M\u00cdNIMA CUANT\u00cdA No. MC-SHD-007-2020.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>Referencia: SELECCI\u00d3N DE M\u00cdNIMA CUANT\u00cdA INVITACI\u00d3N P\u00daBLICA No. MC-SHD-007-2020. OBJETO: \u201cPRESTACION DE SERVICIOS DE DIFUSION DE MENSAJES INSTITUCIONALES INTENSIVOS EN PROGRAMAS RADIALES DIRIGIDOS POR PERIODISTAS INDEPENDIENTES DE LA BANDA A.M DE LA CIUDAD DE CARTAGENA, PARA DAR A CONOCER A LA CIUDADANIA LOS PLAZOS Y CONDICIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE LOS IMPUESTOS DISTRITALES\u201d.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>Cordial saludo,<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>En calidad de oferente en el proceso de la referencia iniciado por la Secretaria de Hacienda del Distrito, PGL MERCADEO Y EVENTOS SAS; respetuosamente informa a los organismos de control, veedur\u00edas ciudadanas, medios periodista y opini\u00f3n p\u00fablica, ustedes manifiesto, que se ha venido violentando y vulnerando el Debido Proceso en materia contractual, el Derecho a la igualdad y Derecho a la Defensa, por la forma como se ha realizado el proceso y aceptaci\u00f3n de la oferta del proponente Angie Dayhana Hincapi\u00e9 Alzate.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>IRREGULARIDADES.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>1. La SECRETARIA DE HACIENDA, en la etapa de evaluaci\u00f3n de las ofertas, al evaluar la oferta del proponente Angie Dayhana Hincapi\u00e9 Alzate, la eval\u00faa como NO CUMPLE, al no cumplir con los requisitos t\u00e9cnicos; la primera vez que se evalu\u00f3, se le informo que de los 15 programas solicitados solo aporto 13, entre otros incumplimientos, dice la entidad en evaluaci\u00f3n del 10 de Julio de 2020:<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>\u201cNo cumple con las especificaciones t\u00e9cnicas ya que se solicita espec\u00edficamente en la invitaci\u00f3n \u201cDentro de las estrategias aceptadas para el dise\u00f1o de la campa\u00f1a<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>de pronto pago y vigencias anteriores de los impuestos y tasas distritales es necesario contar con el apoyo para la divulgaci\u00f3n de los mensajes institucionales en m\u00ednimo 30 programas radiales, clasificados en: 15 programas de 1 hora de transmisi\u00f3n y 15 programas de 30 minutos de la banda AM con divulgaci\u00f3n m\u00ednima de 900 cu\u00f1as radiales de 30 segundos al mes\u201d y el proponente clasifica 13programas en los correspondientes a media hora. Es decir no alcanza al n\u00famero de programas solicitados por la Administraci\u00f3n Distrital El horario Solicitado es de 05:00 am hasta las 07:00 pm. Los programas PORTAL INFORMATIVO, DEPORTIVISIMO, EL SHOW DEL DEPORTE, CONECTESE Y FUTBOL TOTAL que se transmiten por la emisora Colmundo Radio no definen si se transmiten en el horario am o pm. Este especio es para la presentaci\u00f3n del equipo de trabajo y el programa NOTICIAS REGIONALES, transmitido por Sistema Cardenal no tiene responsable, es decir no se anota quien es la persona que hace parte del equipo de trabajo en este \u00edtem. NO CUMPLE\u201d<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>por estas faltas de 2 programas y dem\u00e1s circunstancias no cumpli\u00f3 con las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas y uniformes del servicio solicitado, en cumplimiento de la Ley, debi\u00f3 rechazarse la oferta y seguir con la otra oferta de menor precio; se incumpli\u00f3 la Ley y se le otorgo un plazo para subsanar, pese a que la Ley y la invitaci\u00f3n se\u00f1alan el tramite cuando una propuesta no cumple t\u00e9cnicamente, se debe rechazar, en ese sentido manifiesta la invitaci\u00f3n en la parte de CAPACIDAD Y DOCUMENTOS T\u00c9CNICOS:<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>Los requerimientos y documentaci\u00f3n t\u00e9cnica solicitada en la Invitaci\u00f3n a ofertar se constituyen como la m\u00ednima requerida, en tal sentido la no<\/em><\/span><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em><img decoding=\"async\" src=\"data:image\/png;base64,iVBORw0KGgoAAAANSUhEUgAAAF4AAAABCAYAAABXChlMAAAAAXNSR0IArs4c6QAAAHhlWElmTU0AKgAAAAgABAEaAAUAAAABAAAAPgEbAAUAAAABAAAARgEoAAMAAAABAAIAAIdpAAQAAAABAAAATgAAAAAAA6yBAAANCAADrIEAAA0IAAOgAQADAAAAAQABAACgAgAEAAAAAQAAAF6gAwAEAAAAAQAAAAEAAAAAdAIpNgAAAAlwSFlzAAALGQAACxkBW+5X9AAAABRJREFUGBljZGBg+A\/Eo4C+IdALAHcZAY5HjQ+nAAAAAElFTkSuQmCC\" alt=\"page1image48272064\" width=\"93.550000\" height=\"1.000000\" \/><\/em><\/span><\/p>\n<\/div>\n<div class=\"page\" title=\"Page 2\">\n<div class=\"layoutArea\">\n<div class=\"column\">\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>presentaci\u00f3n de la misma har\u00e1 que la propuesta sea verificada, como NO CUMPLE TECNICAMENTE, lo que genera el rechazo de la misma<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>Y las causales de rechazo de la invitaci\u00f3n en el punto 9 establece:<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>\u201c9. Cuando se presente la propuesta en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condici\u00f3n o modalidad o no cumpla con los requerimientos de tipo t\u00e9cnico establecidos en la presente Invitaci\u00f3n.\u201d<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>2. ACTUAR ILEGAL DE LA ENTIDAD. UNA VEZ QUE SUBSANO A\u00d1ADIENDO LOS 2 PROGRAMAS QUE LE FALTABAN LAS DEMAS INCONSISTENCIAS, ES DECIR MEJORO Y CORRIOGIO LA OFERTA. Mediante la VERIFICACION DE REQUISITOS HABILITANTES TECNICOS del 17 de julio de 2020, la entidad decide otorgar SEGUNDA OPORTUNIDAD DE CORREGIRLA Y nuevamente OTORGA oportunidad de subsanaci\u00f3n, manifestando: \u201cEl proponente ANGIE DAYHANA HINCAPIE ALZATE, identificada con C.C N\u00b0 1.037.643.259 \u201cNO CUMPLE\u201d con los requisitos habilitantes t\u00e9cnicos, exigidos en la invitaci\u00f3n p\u00fablica MC-SHD-007-2020, se le dar\u00e1 al proponente el d\u00eda 17 de julio hasta las 11 am para que subsane las inconsistencias detectadas en la presente evaluaci\u00f3n, documentos que deber\u00e1n ser radicados en el portal de contrataci\u00f3n Secop II.\u201d<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>La entidad mediante VERIFICACION DE DOCUMENTOS DE SUBSANACION DE EVALUACION DE REQUISITOS HABILITANTES DE CAR\u00c1CTER TECNICOS de fecha 17 de Julio. Establece:<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>\u201c De conformidad con lo anterior, el d\u00eda 14 de julio de 2020 el proponente ANGIE DAYHANA HINCAPIE ALZATE, subsan\u00f3 dentro del horario exigido las inconsistencias detectadas en la evaluaci\u00f3n. Luego de una revisi\u00f3n exhaustiva por parte del evaluador t\u00e9cnico de la entidad, el d\u00eda 16 de Julio de 2020 se pudo evidenciar que en las transmisiones al aire de los programas ofrecidos en el plan optativo de medios aportado por el oferente, la inexistencia de 02 programas de los ofrecidos as\u00ed: 1. Voces de la Noticia \u2013 Emisora Fuentes y 2. Urruchurt Noticias. \u2013 Colmundo Radio.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>Por lo anterior se solicit\u00f3 al oferente aportar el listado de los 15 programas de media hora y 15 programas de 1 hora solicitados en la invitaci\u00f3n publica, soportados con las parrillas actualizadas de cada emisora, (inconsistencia que no fue solicitud de subsanaci\u00f3n en la evaluaci\u00f3n del dia 1o de julio de 2020), por lo que en virtud de los principios de transparencia, legalidad e igualdad de oportunidades, la entidad estatal otorg\u00f3 un plazo hasta el d\u00eda 17 de julio hasta las 11:00 A.M para que el proponente subsanara las inconsistencias detectadas.\u201d<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>PREGUNTA POR QUE SE FAVORECIO A ESTE OFERENTE SI NO CUMPLE?<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>3. La SECRETARIA DE HACIENDA, realiza COMUNICACI\u00d3N DE ACEPTACIN DE LA OFERTA Y evaluaci\u00f3n final, sin haber otorgado, plazo para observaciones, sin haber dado respuesta a las observaciones realizadas al informe de evaluaci\u00f3n final, no se modific\u00f3 el cronograma del proceso, para que los participantes ejerzan el derecho de defensa, lo anterior constituye violaci\u00f3n al debido proceso y derecho de defensa, un proceso que se torn\u00f3 en ilegal.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>Por las anteriores irregularidades, se solicit\u00f3 a la SECRETARIA DE HACIENDA EL DIA viernes 17 de 2020 se PRESENTARON LAS OBSERVACIONES AL INFORME DE EVAUACION FINAL, Y NO LE DIERON RESPUESTA ; POR EL CONTRARIO CON VIOLACION DE LA LEY la INVITACION DECIDIERON DARLE EL CONTRATO, a pesar de las IRREGULARIDADES; vale anotar que en averiguaci\u00f3n en las diferentes emisoras y programas ofrecidos por la oferente Angie Dayhana Hincapi\u00e9 Alzate, INFORMAN QUE LAS AVERIGUACIONES, TRAMITES Y COTIZACIONES PARA ESTA OFERTA FUERON HECHAS POR UN FUNCIONARIO DE LA ALCALDIA; por todo lo anterior se le solicito a la ENTIDAD MEDIANTE PEICIO DE QUEJA se abstuvieran de iniciar la ejecucion del contrato por las irregularidades, hasta tanto se garanticen los derechos vulnerados, las presentes<\/em><\/span><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em><img decoding=\"async\" src=\"data:image\/png;base64,iVBORw0KGgoAAAANSUhEUgAAATMAAAABCAYAAACynUlMAAAAAXNSR0IArs4c6QAAAHhlWElmTU0AKgAAAAgABAEaAAUAAAABAAAAPgEbAAUAAAABAAAARgEoAAMAAAABAAIAAIdpAAQAAAABAAAATgAAAAAABU78AAAS3wAFTvwAABLfAAOgAQADAAAAAQABAACgAgAEAAAAAQAAATOgAwAEAAAAAQAAAAEAAAAAGIBaegAAAAlwSFlzAAALEwAACxMBAJqcGAAAABtJREFUOBFjZGBg+A\/Eo2A0BEZDYDQEhnQIAADODQEBciVHQwAAAABJRU5ErkJggg==\" alt=\"page2image48296320\" width=\"306.880000\" height=\"1.000000\" \/> <img decoding=\"async\" src=\"data:image\/png;base64,iVBORw0KGgoAAAANSUhEUgAAAXgAAAABCAYAAADUx7UbAAAAAXNSR0IArs4c6QAAAHhlWElmTU0AKgAAAAgABAEaAAUAAAABAAAAPgEbAAUAAAABAAAARgEoAAMAAAABAAIAAIdpAAQAAAABAAAATgAAAAAAAwHHAAAKrgADAccAAAquAAOgAQADAAAAAQABAACgAgAEAAAAAQAAAXigAwAEAAAAAQAAAAEAAAAApediSwAAAAlwSFlzAAALFgAACxYBLSD57gAAAB1JREFUOBFjZGBg+A\/Eo2A0BEZDYDQERkNgmIUAAOMwAQF88ugFAAAAAElFTkSuQmCC\" alt=\"page2image48296512\" width=\"375.180000\" height=\"1.000000\" \/> <img decoding=\"async\" src=\"data:image\/png;base64,iVBORw0KGgoAAAANSUhEUgAAAC8AAAABCAYAAABOgffqAAAAAXNSR0IArs4c6QAAAHhlWElmTU0AKgAAAAgABAEaAAUAAAABAAAAPgEbAAUAAAABAAAARgEoAAMAAAABAAIAAIdpAAQAAAABAAAATgAAAAAAA06iAAALswADTqIAAAuzAAOgAQADAAAAAQABAACgAgAEAAAAAQAAAC+gAwAEAAAAAQAAAAEAAAAA6WoU9wAAAAlwSFlzAAALIQAACyEBpFhuzwAAABFJREFUCB1jZGBg+A\/EQxIAALnBAQF2Ik\/NAAAAAElFTkSuQmCC\" alt=\"page2image48296704\" width=\"46.525000\" height=\"1.000000\" \/><img decoding=\"async\" src=\"data:image\/png;base64,iVBORw0KGgoAAAANSUhEUgAAAIYAAAABCAYAAAAbzNbxAAAAAXNSR0IArs4c6QAAAHhlWElmTU0AKgAAAAgABAEaAAUAAAABAAAAPgEbAAUAAAABAAAARgEoAAMAAAABAAIAAIdpAAQAAAABAAAATgAAAAAAAOqpAAAC0AAA6qkAAALQAAOgAQADAAAAAQABAACgAgAEAAAAAQAAAIagAwAEAAAAAQAAAAEAAAAASKlOxQAAAAlwSFlzAAAM1QAADNUBmmM5cgAAABVJREFUKBVjZGBg+A\/Eo2A0BFBCAAAXOwEBQPyJXQAAAABJRU5ErkJggg==\" alt=\"page2image48296896\" width=\"133.050000\" height=\"0.750000\" \/><\/em><\/span><\/p>\n<\/div>\n<div class=\"page\" title=\"Page 3\">\n<div class=\"layoutArea\">\n<div class=\"column\">\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>irregularidades, ser\u00e1n puestas en conocimiento de los organismos de control, por considerar que se vulnero nuestro derecho al Debido Proceso y Derecho de Defensa e Igualdad, lo que vicio el proceso por actuaciones, contrarias a la Ley; y al haber expedido y publicado la comunicaci\u00f3n de aceptaci\u00f3n de la oferta, pese a las advertencias de irregularidades, significa que van a contratar igualmente; \u00f3sea est\u00e1n dispuestos CONTRATAR SIN EL LLENO DE LOS REQUISITOS LEGALES, lo cual constituye un delito en nuestro ordenamiento.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>Solicito se abstengan de continuar con la firma y etapas de ejecucion del contrato hasta tanto se restablezcan las garant\u00edas procesales<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>De insistir en realizar el proceso en dicha forma, solicito se manifieste y explique el sustento legal y se expida informe y certificaci\u00f3n del nombre de los funcionario o asesores que proyectan, revisan y dan visto bueno a las decisiones que fueron adoptadas, por cuanto, solo aparece el Secretario de Hacienda.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>Con toda Cortes\u00eda<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>PGL MERCADEO Y EVENTOS SAS R.L<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #008000;\"><em>CC PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION- MORALIDAD ADMINISTRATIVA C.C. VEEDURIAS CIUDADANAS.<\/em><\/span><br \/>\n<span style=\"color: #008000;\"><em>CC MEDIOS Y PERIODISTAS DEL DISTRITOP DE CARTAGENA<\/em><\/span><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un proceso contractual de la Secretar\u00eda de Hacienda para publicitar estrategias institucionales suscit\u00f3 pol\u00e9mica tras la denuncia de la empresa PGL Marketing sobre presunto favorecimiento a la firma ganadora On Media, lo que motiv\u00f3 un pronunciamiento de su representante legal Angie Hincapi\u00e9. La denuncia se\u00f1alaba que la adjudicataria no cumpli\u00f3 con requisitos, y que al subsanarlos persisti\u00f3 una conducta parcializada a su favor desde la Secretar\u00eda para adjudicarle el contrato, por valor de $80 millones. La firma ONMedia emiti\u00f3 este comunicado, firmado por su directora Angie Dayhana Hincapi\u00e9 Alzate: COMUNICADO&#8230; <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":36760,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[32],"tags":[296],"class_list":["post-36759","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad-distrito","tag-distrito"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/36759","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=36759"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/36759\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/36760"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=36759"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=36759"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=36759"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}