{"id":47538,"date":"2022-10-03T11:41:56","date_gmt":"2022-10-03T16:41:56","guid":{"rendered":"https:\/\/revistazetta.com\/?p=47538"},"modified":"2022-10-03T11:41:56","modified_gmt":"2022-10-03T16:41:56","slug":"la-app-corredor-portuario-y-su-revocatoria-articulo-de-pedrito-pereira","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistazetta.com\/?p=47538","title":{"rendered":"La APP Corredor Portuario y su revocatoria &#8211; Art\u00edculo de Pedrito Pereira"},"content":{"rendered":"<p><strong>Por Pedrito Tomas Pereira Caballero (Especial para Revista Zetta).- Cartagena de Indias, 3 de octubre de 2022.-\u00a0<\/strong>En d\u00edas pasados, el se\u00f1or alcalde de Cartagena, Dr. William Dau Chamat, dio a conocer a trav\u00e9s de las redes sociales, su decisi\u00f3n unilateral, mediante la Resoluci\u00f3n 5909 del 30 de septiembre de 2022, de revocar la Resoluci\u00f3n 9217 de fecha 16 de diciembre de 2019, por medio de la cual se adjudic\u00f3 el proyecto de la APP Corredor Portuario a la oferta presentada por el originador Ante eso, como fui quien tom\u00f3 la decisi\u00f3n en esa \u00e9poca quiero manifestar lo siguiente:<\/p>\n<blockquote><p><strong>\u2022 No dej\u00e9 firmado contrato alguno, como se ha venido manifestando de manera equivocada en las redes sociales.<\/strong><\/p><\/blockquote>\n<p>El tr\u00e1mite lleg\u00f3 hasta la expedici\u00f3n de la resoluci\u00f3n de adjudicaci\u00f3n, despu\u00e9s de abrir la convocatoria donde no se present\u00f3 ning\u00fan otro proponente y de surtir todos los tr\u00e1mites correspondientes, de acuerdo con las normas legales, para presentar los estudios de prefactibilidad y factibilidad de la APP era obligatorio, entonces, firmar el acuerdo de voluntades, reitero, cumpliendo con la preceptuado en la Ley 1508 de 2012. Entonces, el gobierno entrante deb\u00eda decidir si continuaba con el tr\u00e1mite o firmaba el respectivo contrato.<\/p>\n<p>\u2022 Para los abogados es de elemental conocimiento que para hacer una revocatoria directa se necesita el consentimiento del privado que result\u00f3 escogido y acordado en la resoluci\u00f3n, y entiendo que en estas circunstancias, esta situaci\u00f3n no se ha dado; o que sea un acto manifiestamente contrario a la Constituci\u00f3n, a la ley o al estatuto de contrataci\u00f3n, lo cual es f\u00e1cilmente comprobable, dado porque todas las acciones judiciales han resultado favorables a la Resoluci\u00f3n 9217 de fecha 16 de diciembre de 2019 hasta el momento.<\/p>\n<blockquote><p><strong>Quiero manifestar que el Tribunal Administrativo de Bol\u00edvar en julio del 2020 declar\u00f3 fundadas las objeciones y manifest\u00f3 que el alcalde de la \u00e9poca, es decir, el suscrito, hab\u00eda actuado dentro de los par\u00e1metros y exigencias de la Ley con las facultades que ten\u00eda.<\/strong><\/p><\/blockquote>\n<p>Sobre lo que se aduce, respecto a que no se pod\u00eda otorgar una concesi\u00f3n sobre otra, la Resoluci\u00f3n 9217 de fecha 16 de diciembre de 2019 es clara al expresar que este proyecto comenzaba, una vez se diera el cumplimiento de la Tasa Interna de Retorno (TIR) para los actuales concesionarios del Corredor Vial. Por eso carece de toda veracidad el argumento expuesto por el se\u00f1or alcalde pues las dos concesiones no se traslapar\u00edan en el mismo tiempo. Es decir, en este aspecto, son completamente falsos los argumentos de la revocatoria.<\/p>\n<blockquote><p><strong>Otra mentira que se ha venido manifestando con insistencia, pero sin probarlo, es que el nuevo proyecto de la APP Corredor Portuario contemplaba la instalaci\u00f3n de dos peajes adicionales, hecho este que es completamente falso.<\/strong><\/p><\/blockquote>\n<p>El nuevo proyecto se financia con los peajes existentes, adem\u00e1s que el proyecto mantiene la misma filosof\u00eda de cobro. S\u00f3lo se paga una vez por ingresar al Corredor Vial. As\u00ed se instalen nuevos puntos de control, s\u00f3lo se pagar\u00eda una vez por ingresar al corredor. En caso de no aceptar este mecanismo de financiaci\u00f3n, se debi\u00f3 por los menos explorar otras posibilidades tratando de concertar con el originador del proyecto, y seg\u00fan lo le\u00eddo en la prensa, fue nula esa intenci\u00f3n por parte de la administraci\u00f3n distrital.<\/p>\n<p>Tengo que advertir que es evidente el deterioro que han sufrido las v\u00edas de la ciudad, especialmente en el barrio Manga, lo cual se origina por el alto crecimiento automotor y de carga que las usan, y que no se le invierte en su mantenimiento. El Corredor Portuario contempla la soluci\u00f3n para el puente Las Palmas y el dise\u00f1o en fase 3 de la conexi\u00f3n Manga-Bocagrande, el cual, solo por mencionar un ejemplo, ya estuviera construido. La Quinta Avenida de Manga solo contempla 2,2 kil\u00f3metros del total del proyecto que suma m\u00e1s de 60 kil\u00f3metros en v\u00edas, lo que representa grandes beneficios en materia de empleo, urbanismo y movilidad. La gran pregunta es \u00bfcon cu\u00e1les recursos van a mantener las v\u00edas del Corredor Portuario? \u00bfSer\u00e1 que pretenden destinar el presupuesto de educaci\u00f3n, salud y vivienda de la gente m\u00e1s necesitada, para mantener las v\u00edas a los privados, teniendo en cuenta que el Sr Alcalde ha manifestado p\u00fablicamente que no tiene recursos para hacer grandes obras?<\/p>\n<p>Ahora, si ya es una decisi\u00f3n que se va a renunciar al proyecto por la forma de financiarlo, reitero se han debido buscar otras alternativas de retorno de la inversi\u00f3n y no desestimar de manera ilegal el proyecto. Doy como ejemplo la ciudad de Barranquilla que desde el 2014 tiene su Corredor Portuario con un peaje interno en el sector de Barranquillita y en 2019 pagaban $7.400 pesos en el peaje.<\/p>\n<p>Solo por mencionar algunas ventajas expresadas por el Banco Mundial para la financiaci\u00f3n de obras p\u00fablicas por el sistema de APP, les transmito lo siguiente:<br \/>\n\u2022 Las APP permiten una planeaci\u00f3n eficiente de los recursos fiscales, ya que no exige inversi\u00f3n p\u00fablica; Permite sinergia entre el sector p\u00fablico y el privado; Mejora la gobernabilidad y transparencia, ya que establece claramente los entregables del proyecto. Mitiga los riesgos del proyecto al trasladarle al privado lo de su competencia. El costo del proyecto incluye el mantenimiento de los activos y trae una mayor innovaci\u00f3n en el dise\u00f1o, construcci\u00f3n y operaci\u00f3n de la infraestructura. Adem\u00e1s, el privado sabe bien, que una obra de alta calidad, exige menores costos de mantenimiento en el tiempo y que es su responsabilidad, visi\u00f3n esta que no la comparte la contrataci\u00f3n estatal para las obras publicas en las licitaciones respectivas.<\/p>\n<blockquote><p>Continuando con sucedido con la revocatoria, considero respetuosamente que es un acto de irresponsabilidad en materia jur\u00eddica, el cual desafortunadamente puede traer graves consecuencias fiscales para el Distrito y es una l\u00e1stima no aprovechar la inversi\u00f3n privada de m\u00e1s de $2 billones, donde el Distrito no coloca un solo peso. Adem\u00e1s, se generaban 5.400 empleos y se daba una gran soluci\u00f3n a la movilidad, en el corto y mediano plazo.<\/p><\/blockquote>\n<p>Entre los beneficios de la APP Corredor Portuario hay un aporte significativo para la reactivaci\u00f3n de la econom\u00eda en \u00e9poca de postpandemia ya que no requiere desembolso de recursos p\u00fablicos, lo que permitir\u00e1 que \u00e9stos se puedan destinar para otras necesidades prioritarias de la ciudad. Adem\u00e1s, un porcentaje de los ingresos del proyecto ser\u00e1 para el Distrito, que podr\u00e1 disponer de ellos para para generar una mayor implantaci\u00f3n de una nueva infraestructura vial para el Distrito, con sistemas de construcci\u00f3n amigables con el medio ambiente, nuevos puentes peatonales, nuevo urbanismo y zonas verdes (andenes, parques, ciclorutas) y articulaci\u00f3n con el sistema de Transporte Masivo Transcaribe, entre otras. Es una l\u00e1stima se pierda esta gran oportunidad y no se presente soluci\u00f3n alguna a los problemas de infraestructura y movilidad, situaci\u00f3n que se ve agravada con el crecimiento poblacional y urban\u00edstico de la ciudad.<\/p>\n<blockquote><p>Pienso que los que se oponen al proyecto se les debe respetar su opini\u00f3n, pero ser\u00eda bueno conocer qu\u00e9 alternativas serias, concretas, t\u00e9cnica y financieramente viables proponen.<\/p><\/blockquote>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Pedrito Tomas Pereira Caballero (Especial para Revista Zetta).- Cartagena de Indias, 3 de octubre de 2022.-\u00a0En d\u00edas pasados, el se\u00f1or alcalde de Cartagena, Dr. William Dau Chamat, dio a conocer a trav\u00e9s de las redes sociales, su decisi\u00f3n unilateral, mediante la Resoluci\u00f3n 5909 del 30 de septiembre de 2022, de revocar la Resoluci\u00f3n 9217 de fecha 16 de diciembre de 2019, por medio de la cual se adjudic\u00f3 el proyecto de la APP Corredor Portuario a la oferta presentada por el originador Ante eso, como fui quien tom\u00f3 la&#8230; <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":47539,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[44,65],"tags":[285,288,289],"class_list":["post-47538","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-materiagris","category-opinion","tag-destacada","tag-materia-gris","tag-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/47538","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=47538"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/47538\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/47539"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=47538"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=47538"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=47538"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}