{"id":55440,"date":"2024-12-02T07:03:02","date_gmt":"2024-12-02T12:03:02","guid":{"rendered":"https:\/\/revistazetta.com\/?p=55440"},"modified":"2024-12-02T07:03:38","modified_gmt":"2024-12-02T12:03:38","slug":"argumentos-de-peso-para-la-vigencia-de-la-tauromaquia-en-colombia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistazetta.com\/?p=55440","title":{"rendered":"Argumentos de peso para la vigencia de la tauromaquia en Colombia &#8211; Opini\u00f3n de Luis Eduardo Brochet"},"content":{"rendered":"<p><strong><span style=\"color: #0000ff;\">Por Luis Eduardo Brochet Pineda (Especial para Revista Zetta).-<\/span> Cartagena de Indias, 2 de diciembre de 2024._<\/strong> Hasta este lunes 2 de diciembre de 2024 tenemos tiempo para enviar a la secretar\u00eda del Senado de la Rep\u00fablica, los aficionados y la gente del toro, los escritos, memoriales, rese\u00f1as y estad\u00edsticas que a bien tengamos, para coadyuvar a la defensa de la tauromaquia en Colombia, ileg\u00edtimamente prohibida por la ley 2385 de julio 22 de 2024; adem\u00e1s, bajo el sospechoso tinte oscuro y siempre presente de la corrupci\u00f3n, de las d\u00e1divas o <strong><em>\u201cmermelada\u201d<\/em><\/strong>, como parroquialmente se le denomina a los delitos de cohecho en nuestro pa\u00eds, en cabeza de los congresistas.<\/p>\n<p>Como aficionado y socio presidente de la Pe\u00f1a Taurina <strong><em>EL CLAR\u00cdN<\/em><\/strong> (Cartagena de Indias \u2013 Bogot\u00e1), con m\u00e1s de cincuenta a\u00f1os de existencia fraterna, as\u00ed tambi\u00e9n como integrante del grupo de taurinos denominado <strong><em>NUEVA LIDIA<\/em><\/strong>, voy a contribuir humildemente, en esta defensa de la fiesta, bajo argumentos someramente constitucionales y legales; resaltando los derechos libertarios a la cultura, a la igualdad y dem\u00e1s libertades humanas; as\u00ed como referirme tangencialmente, a la agenda que el falso animalismo global ha posicionado en las \u00faltimas d\u00e9cadas, en detrimento de las tradiciones, las libertades, la historia y la herencia cultural de los pueblos Iberoamericanos, permeando de paso, nuestros principios constitucionales.<\/p>\n<p>Inicio resumiendo tres (3) inconsistencias de bulto y de forma en esa ley prohibicionista: <strong><em>i) Vulneraci\u00f3n directa de la Constituci\u00f3n:<\/em> <\/strong>al menos 32 art\u00edculos que someten y desconocen las libertades (Libertad de escoger profesi\u00f3n u oficio, la multiculturalidad, principio de igualdad, libertad de expresi\u00f3n, libertad cultural, etc.) <strong><em>ii) Ausencia de reconocimiento como minor\u00eda:<\/em> <\/strong>ha sido siempre la visi\u00f3n constitucionalista y civilista del derecho colombiano, y <strong><em>iii) Fallas en el procedimiento legislativo:<\/em> <\/strong>ley estatutaria vs. Ley ordinaria, Comisi\u00f3n legislativa errada, inexistencia de un proyecto factible de reconversi\u00f3n laboral o de industria ganadera a mediano plazo e inexistencia de aval fiscal.<\/p>\n<p>Como segundo ac\u00e1pite, ya en aspectos de fondo en la transgresi\u00f3n constitucional, quiero referirme solo a la figura del respeto y goce del principio de <strong><em>pluralidad<\/em><\/strong> y de los <strong><em>derechos culturales<\/em><\/strong>; cabe recordar que, precisamente, ese Tribunal Constitucional en <strong><em>sentencia C-1192 de 2005<\/em><\/strong>, resolv\u00eda una restricci\u00f3n contra la tradici\u00f3n taurina de nuestra naci\u00f3n, en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<p><strong><em>\u201cLos art\u00edculos 7, 8, 70 y 71 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica disponen que la cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad, que el Estado reconoce y protege las riquezas culturales y la diversidad \u00e9tnica y cultural de la naci\u00f3n, al tiempo que debe promover por el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, garantizando la libertad en el desarrollo de las expresiones art\u00edsticas. En t\u00e9rminos constitucionales, los grupos humanos que por sus caracter\u00edsticas culturales no se ajustan a las creencias, costumbres y par\u00e1metros sociales propios de la mayor\u00eda, o difieren de los gustos y anhelos de \u00e9sta, tienen derecho constitucional al reconocimiento de sus diferencias, con fundamento en los principios de dignidad humana (Pre\u00e1mbulo y art. 1 de la CN), pluralismo y protecci\u00f3n de las minor\u00edas (Arts. 1 y 7 de la CN), as\u00ed como a los derechos fundamentales a la identidad personal y al libre desarrollo de la personalidad (Art. 16 de la CN)\u201d.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Como tercer y \u00faltimo punto en el aspecto jur\u00eddico, digamos que si bien es cierto que la ley 2385 de julio 22 de 2024 fue sancionada entrando en vigor desde esa fecha, tambi\u00e9n es cierto e indiscutible, por su sentido literal, que la prohibici\u00f3n efectiva y absoluta, <strong><em>solo entrar\u00eda a regir a partir del 22 de julio de 2027, al tenor del per\u00edodo de transici\u00f3n que la misma norma trae en su art\u00edculo tercero<\/em><\/strong>, que otorga ese plazo de tres a\u00f1os para consolidar la et\u00e9rea y abstracta reconversi\u00f3n laboral y ganadera. Ello lo traigo a colaci\u00f3n, en virtud de algunas prohibiciones arbitrarias, abusivas e ilegales, por parte de ciertos alcaldes y funcionarios p\u00fablicos del orden distrital o municipales, y del notable desconocimiento entre algunos jueces y operadores judiciales.<\/p>\n<p>Finalmente, podemos decir que <strong><em>\u201cel falso animalismo\u201d<\/em><\/strong> es una tendencia ideol\u00f3gica bastante radical e intransigente, cuyo objetivo es imponer sus postulados a toda la sociedad. Para conseguirlo, acepta que hay que perseguir, se\u00f1alar y censurar a los que no piensan como ellos y proscribir lo que no les gusta.<\/p>\n<p>En este sentido, como dec\u00eda muy acertadamente el ganadero espa\u00f1ol <strong><em>Victorino Martin<\/em><\/strong> y el doctor <strong><em>Fernando Gom\u00e1<\/em><\/strong>, es una especie de fanatismo sectario ideol\u00f3gico del siglo XXI que quiere decirnos qu\u00e9 podemos comer y qu\u00e9 no, qu\u00e9 es cultura y qu\u00e9 no; c\u00f3mo debemos hablar, vestirnos, producir, procrear o no procrear.<\/p>\n<p>El <strong><em>\u201cfalso animalismo\u201d<\/em><\/strong> es el <strong><em>ANTI HUMANISMO<\/em><\/strong> en estado puro. El ser humano, para esta peligrosa filosof\u00eda, carece de una dignidad propia. Consecuencia de todo ello es que <strong><em>la agenda animalista aspira a la destrucci\u00f3n completa del mundo rural, con todo lo que ello conlleva: cultura, econom\u00eda, sociedad, ra\u00edces, formas de vivir, etc<\/em><\/strong><em>.,<\/em> todo ello por perseguir un nuevo orden moral que, no nos confundamos, no se basa en el amor a los animales, sino en el odio: <strong><em>el odio al modo en el que muchos millones de personas viven, comen, hablan, trabajan y disfrutan.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Esta secta pseudoreligiosa, ha venido alimentando a una generaci\u00f3n de cristal sensiblera y miedosa, que esconde la cabeza bajo tierra, para no enfrentar obligaciones de crianza, asumir retos y sufrimientos propios de la vida, en cada una de sus etapas. Para la generaci\u00f3n de cristal, es mejor invisibilizar al torero que se juega la vida con entrega y verdad, en aras de su c\u00f3modo individualismo negacionista.<\/p>\n<p>El falso animalismo, en su radicalidad, rechaza visceralmente todo aquello y quiere prohibirlo, adem\u00e1s, desde una <strong><em>\u00f3ptica netamente anglosajona<\/em><\/strong>, donde tiene su origen, y por tanto completamente alejada de la cultura mediterr\u00e1nea, cuna de la civilizaci\u00f3n occidental<strong>. <em>As\u00ed se entiende bien que la tauromaquia, con toda su grandeza cultural, econ\u00f3mica y ecol\u00f3gica, sea la pieza mayor que quieren abatir.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Y para ello, cuentan con recursos financieros multinacionales bastante generosos, suficientes para matricular a voceros adoctrinados investidos de parlamentarios o congresistas, sin m\u00ednimos conocimientos sobre la cultura que pertenece al pueblo, sobre la historia y la tradici\u00f3n; sobre la dehesa, la econom\u00eda del sector primario y su devastador impacto.<\/p>\n<p>Esta ser\u00eda la misi\u00f3n y la labor fundamental que tendr\u00e1 que asumir la honorable Corte Constitucional en pr\u00f3ximos d\u00edas: <strong><em>proteger los principios fundamentales plasmados en la Carta Pol\u00edtica; que ese alto Tribunal pueda resistir y se mantenga firme en el cumplimiento de sus deberes, ahora que los ataques pol\u00edticos para imponer \u201cun candidato Petrista\u201d arreciaron y fueron m\u00e1s que evidentes la semana pasada.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Ello, adem\u00e1s, ser\u00eda un insulto para la majestad de la justicia y el derecho colombiano, as\u00ed como una afrenta indigna para el magistrado elegido.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a1Dios quiera que nunca ocurra!<\/em><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Luis Eduardo Brochet Pineda (Especial para Revista Zetta).- Cartagena de Indias, 2 de diciembre de 2024._ Hasta este lunes 2 de diciembre de 2024 tenemos tiempo para enviar a la secretar\u00eda del Senado de la Rep\u00fablica, los aficionados y la gente del toro, los escritos, memoriales, rese\u00f1as y estad\u00edsticas que a bien tengamos, para coadyuvar a la defensa de la tauromaquia en Colombia, ileg\u00edtimamente prohibida por la ley 2385 de julio 22 de 2024; adem\u00e1s, bajo el sospechoso tinte oscuro y siempre presente de la corrupci\u00f3n, de las d\u00e1divas&#8230; <\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":55441,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[1450,44,65],"tags":[285,288,289],"class_list":["post-55440","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-parasladers","category-materiagris","category-opinion","tag-destacada","tag-materia-gris","tag-opinion"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/55440","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=55440"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/55440\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/55441"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=55440"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=55440"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazetta.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=55440"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}