Ante la duda de los tenderos y de la ciudadanía en general sobre la venta de bebidas alcohólicas en tiendas, minimercados o establecimientos similares, Fenalco aclaró que conforme a lo establecido en el nuevo Código de Policía y Convivencia, que entró en vigencia el pasado 30 de enero, no existe ninguna disposición que prohíba la venta de bebidas alcohólicas a mayores de edad.
De acuerdo con Guillermo Botero Nieto, presidente de Fenalco, el nuevo Código es una excelente herramienta para promover la convivencia y el civismo y por supuesto el comercio está llamado a contribuir en su implementación. Sin embargo explicó el vocero de los comerciantes, es importante conocer los verdaderos alcances de estas medidas para evitar interpretaciones erróneas, que puedan entorpecer la buena gestión del sector.
En este orden de ideas, Fenalco ha reiterado que el Código de Policía no introduce restricciones nuevas o adicionales frente al consumo de bebidas alcohólicas. Tampoco introduce ninguna restricción horaria, simplemente ratifica la competencia de la policía para hacer cumplir los horarios determinados por el alcalde del municipio respectivo.
“Es decir el alcalde es quien tiene la potestad para restringir los horarios de actividades económicas que afecten el orden y la convivencia pacífica. Cabe aclarar que en casi todas las ciudades del país estos horarios ya están establecidos y Cartagena no es la excepción”, señaló Mónica Fadul, directora Fenalco Bolívar.
Adicionalmente recordó, que de acuerdo con el Decreto 1686/12 las bebidas que contienen menos de 2,5 grados de alcohol son consideradas alimentos, por lo tanto, los consumos de las bebidas denominadas comercialmente “sin alcohol” no le son aplicables las restricciones sobre el consumo en espacio público.
“Como es su objetivo Fenalco ha estado apoyando al sector, no sólo en la interpretación del nuevo Código de Policía, sino en la defensa de posibles sanciones que se hagan injustamente con base en este reglamento”, concluyó Guillermo Botero.