Desde este lunes 4 de septiembre de 2017 hasta el 2 de diciembre de 2017, rige la nueva rotación del Decreto 1328 de 2016, o pico y placa para vehículos particulares, al igual que el decreto 0017 de 2017 de servicio público individual o taxi.
El decreto para vehículos particulares establece una rotación trimestral en lo concerniente a los dígitos de las placas.
Durante este nuevo trimestre la rotación quedará así :
Lunes: 9 – 0
Martes: 1 – 2
Miércoles: 3 – 4
Jueves: 5 – 6
Viernes: 7 – 8
Para taxis
El decreto 0017 de 2017, que determina medidas temporales para el ordenamiento vehicular en las vías, respecto a la circulación de vehículos tipo taxis también rota cada mes.
El pico y placa para taxis rige de lunes a viernes desde las 6 a.m. hasta las 6 a.m. del día siguiente y rotará en dígitos de placas cada mes.
DESDE EL 4 HASTA EL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017
DIAS DE LA SEMANA | ||||
LUNES | MARTES | MIERCOLES | JUEVES | VIERNES |
3 – 4 | 5 – 6 | 7 – 8 | 9 – 0 | 1 -2 |
Sanciones:
Será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes el conductor y/o propietario de vehículo automotor que transite en días prohibidos, además el vehículo será inmovilizado.