Por Javier Lastra Fuscaldo – Agente Especial Electricaribe.- Además de los procesos laborales ordinarios para reclamar derechos, son muy comunes las acciones de tutela. Si bien las solicitudes de derechos laborales son legítimas, por la inmediatez de las tutelas y la indiscriminada competencia de los juzgados, se corre el riesgo que en ocasiones se emitan fallos que otorguen beneficios que excedan el derecho fundamental que supuestamente se pretende proteger.
Por ejemplo, en Electricaribe se pagaron 36 mil millones de pesos por cuenta de 29 tutelas por temas pensiónales entre los años 2013 a 2016. Las singulares tutelas ordenaban reajustes del 15 por ciento de las mesadas de los accionantes con base en la derogada ley 4 de 1976. Los fallos, que buscaban proteger el derecho al mínimo vital de personas que ya disfrutan de una pensión, fueron emitidos por los juzgados penales y promiscuos de Aracataca, Ciénaga, Fundación y Santa Marta, a varios trabajadores residentes en Barranquilla o Cartagena.
Las órdenes de arresto para los directivos de Electricaribe que se negaran a reconocerlas y pagarlas se convirtió en la práctica efectiva para obligar a la empresa a honrar los discutibles fallos.
Si bien después de la toma de posesión las tutelas siguen llegando, no se ha desembolsado un solo peso a pesar de las 21 órdenes de arresto recibidas, porque estas han sido revocadas por otros jueces gracias, entre otros, al contundente argumento de la imposibilidad de pagar obligaciones anteriores a la intervención porque por expresa disposición legal estas se encuentran suspendidas.
Subsiste una orden de arresto del Juez 15 Penal Municipal de Cartagena y confirmada por el juzgado 7 Penal del Circuito dentro de un incidente de desacato iniciado por la Subdirectiva de Sintraelecol de esa ciudad en virtud de la sentencia T – 619 de 2013, donde el solo reconocimiento del retroactivo allí ordenado superaría los 10 mil millones de pesos. El tema se agrava en la medida que las acciones de tutela no dan tregua pues estas se siguen presentando.
Se enfrenta una disyuntiva. No obedecer una orden de tutela es un fraude a resolución judicial, pero pagarla por hechos anteriores a la intervención es prevaricato. En fin, más allá de cómo salir de esta encrucijada, es mucho más grave el hecho de que el pasivo laboral de la compañía aumente indefinidamente.
Encontrar una solución de fondo al problema del servicio de energía en la Región Caribe involucra a muchos actores y los trabajadores y pensionados tienen mucho que aportar. Ponerle punto final al incremento del monto del pasivo laboral y pensional y contar con un valor cierto es una variable de fondo que hay que considerar en el análisis de cualquier alternativa de solución. Por esa razón, siempre hemos estado abiertos a dialogar con los trabajadores, sindicatos y pensionados.