Declaran nulo acuerdo del alcantarillado pluvial por no contemplar vigencias futuras

Con base en las observaciones presentadas por la Gobernación de Bolívar, el Tribunal Administrativo de Bolívar declaró en proceso de única instancia la nulidad del Acuerdo No. 023 de 2016 que facultaba “al Alcalde del Distrito de Cartagena para transferir a la Empresa de Desarrollo Urbano-Edurbe S.A. recursos del Sistema General de Participaciones de Agua Potable y Saneamiento Básico y Participación de Propósito General -Libre inversión (SGP), para la ejecución de obras del Sistema de Alcantarillado Pluvial del Distrito de Cartagena de Indias”.

La Gobernación de Bolívar basó sus inquietudes, en su momento, con base en la Ley 136 de 1994 y el incumplimiento de aspectos descritos a continuación, los cuales fueron acogidos por el alto Tribunal.

En primer lugar, no podía autorizar el Concejo de Cartagena las transferencias a Edurbe sin el cumplimiento de los requisitos que establece la Ley 819 de 2003 y sus decretos reglamentarios  en el sentido de que carecían de los requerimientos establecidos para comprometer vigencias futuras. Tal es el caso de ausencia de autorización del Confis Territorial.

Adicionalmente, el comprometimiento de vigencias superaba el periodo de Gobierno del Alcalde Distrital (15 años). Tampoco se estableció que se respetaba el marco fiscal a mediano plazo.

Finalmente que no se garantizó el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 del decreto 2767 de 2012, que exigía que los estudios técnicos incluyeran la definición de obras prioritarias e ingeniería de detalle.

El gobernador de Bolívar, Dumek Turbay Paz, se refirió a la decisión tomada por el Tribunal Administrativo de Bolívar y las razones por las cuales fue acogida la solicitud de la Administración Departamental.

“Nosotros, en el ejercicio de nuestra responsabilidad de realizar control posterior a los acuerdos expedidos por los concejos municipales de todo el departamento de Bolivar, presentamos estas observaciones teniendo en cuenta que estos recursos se destinarían a ejecución de obras de drenaje pluvial. Sin embargo, esto implicaba una contratación  para ejecución de obras, que podría entenderse que llevaba implícito una autorización de vigencias futuras para recepción de bienes y servicios, y el trámite adelantando en el Concejo no se realizó con el rigor de ley para llevar a cabo tales autorizaciones”, dijo Turbay.