El Juzgado Décimo Segundo Penal Municipal de Cartagena con Funciones de Control de Garantías profirió sentencia de fecha 8 de mayo de 2018, en el trámite de una accion de tutela instaurada por Boris Anaya Lorduy en contra del Concejo de Cartagena, en la que pretendía se le llamara a ocupar la curul en reemplazo de Erich Piña Felix.
Consideró el Despacho que «no le asiste razón al señor Boris Anaya Lorduy, toda vez que el Concejo Distrital de Cartagena de Indias actuó en derecho, ya que de haberlo llamado a ocupar la curul del señor ERICH PIÑA FELIX, hubiese violado de forma flagrante un mandato constitucional, toda vez que por los delitos por los cuales se le impuso la medida de aseguramiento al señor PIÑA FELIX, no dan lugar a reemplazo.»
Concluye el Despacho judicial que si por los delitos por los que se le impuso la medida de aseguramiento privativa de la libertad al Señor ERICH PIÑA FELIX, no hubiesen sido de los que conforman el Titulo XV del Codigo Penal, Delitos contra la administración publica, si se diera lugar a remplazo.
Resuelve el Juzgado, PRIMERO: Declarar improcedente la accion de tutela presentada por el Dr. FABIAN ALEJANDRO BERNAL NOVOA, actuando en calidad de apoderado judicial de BORIS ANAYA LORDUY, por los motivos de caracter constitucional y legal expuestos en la parte considerativa de la presente providencia.»
Es este el segundo fallo que sale en el mismo sentido y se esta a la espera de dos pronunciamientos más relacionados con este asunto.