Impoconsumo a la vivienda usada es inconveniente para la economía, antitécnico e incentiva la informalidad
- Las viviendas usadas de más de 888 millones tendrían un Impoconsumo del 2%
- Se frenaría una rama que promovió que las remodelaciones crecieran 0,9% mientras la construcción de vivienda bajó -6,2% y la de otras edificaciones cayó -16,2% en el 2017.
- Impoconsumo ó IVA a la vivienda usada incentivan la informalidad y la evasión de impuestos
“Gravar con un Impoconsumo del 2% la venta de vivienda usada es altamente inconveniente porque frena la dinámica inmobiliaria e incentiva la informalidad y la evasión de impuestos”, comentó María Clara Luque.
“Vemos que a pesar de que el gobierno nacional e incluso el director de la DIAN declaró públicamente que no se afectaría la vivienda usada en el Proyecto de ley de Financiamiento se incluyó un nuevo artículo (512-22) donde se grava con el 2% a la vivienda nueva y usada”, explicó la líder gremial quien solicita al Gobierno Nacional no afectar a la única rama que ha tenido indicadores positivos en la actividad de los bienes raíces en los dos últimos años cuando la economía ha estado tan frenada. También recordó que el mismo Ministro Carrasquilla declaró públicamente que gravar la vivienda usada había sido un error en el texto del proyecto.
Vale la pena recordar que la vivienda usada es el principal patrimonio de la mayoría de los colombianos y que al gravar con Impoconsumo se estaría incentivando la informalidad porque las personas van a buscar escriturar por debajo de los valores reales para hacerles el quite a esos impuestos como fue tradición por muchos años. “Nosotros desde Fedelonjas hemos venido cultivando las buenas prácticas de respeto al marco legal y tributario e incentivando a los compradores a tributar lo correcto pero al tener que pagar un Impoconsumo adicional a los otros impuestos y tasas (como los costos de escrituración y registro, los impuestos de Beneficencia y la retención en la fuente) pues los clientes evitarán contratar inmobiliarios que les generen más costos y que les pidan pagar impuestos de ley”, explicó la presidente de Fedelonjas.
También es importante resaltar que la compraventa de vivienda es una actividad que genera importantes plazas de empleo en actividades alternas como la fabricación de elementos de decoración y el uso de materiales y mano de obra en remodelación como pinturas, pisos y paredes. Además, cerca del 90% de las transacciones inmobiliarias son de bienes usados que, muchas veces, se venden para comprar algo nuevo lo que muestra la importancia del sector en la dinámica de la economía.
“Durante el 2017, las remodelaciones y las reparaciones crecieron 0,9% mientras la construcción de vivienda bajó -6,2% y la de otras edificaciones cayó 16,2%. Esto indica que las familias prefieren invertir en viviendas usadas porque tienen un costo por metro cuadrado más favorable”, explica María Clara Luque, presidente de Fedelonjas, quien agrega que “al incrementar los impuestos se frenará la dinámica usada que ha permitido compensar un sector que ha estado muy golpeado: la construcción”.
Es un impuesto antitécnico
De otra parte, debe recordarse que el impuesto de consumo ha sido concebido para gravar las diferentes etapas de un ciclo económico de producción, importación o distribución, hecho que no se presenta en este caso de la vivienda usada por lo que el mismo resulta anti-técnico.
No entendemos porqué se habla de Impoconsumo a la usada si este impuesto está definido para ciclos económicos, en la vivienda usada no hay valor agregado ni de consumo no forma parte de ningún proceso de actividad económica ni es producción, comercialización ni importación. Tampoco se puede hablar de Impoconsumo pues la vivienda usada no es un consumible.
Ese IVA en la vivienda nueva, que se impulsó en la pasada reforma tributaria, ya generó una distorsión del mercado en el rango mayor a 888 millones porque el comprador se resiste a pagar más tributos –que de hecho son bastante altos- entonces el comercializador se ve obligado a hacer dos contratos: uno de compraventa por menos de 888 millones por el bien en obra gris y otro por la diferencia para los acabados, entonces más que traer ingresos se está fomentando la evasión. Vale la pena resaltar que el 30% de las compraventas de inmuebles están en el rango superior a los 888 millones de pesos.
“En adición, el impuesto afectaría el precio de la vivienda lo que llevará a la disminución del precio de la misma y, por ende, no generará el recaudo esperado por el Gobierno, lo que conllevará a una desaceleración del sector inmobiliario y a la creación de una barrera adicional para el acceso a vivienda usada, que ya aporta al erario público en cuantías muy significativas a través de varios impuestos, tasas y contribuciones del nivel nacional y local”, agregó.
A diciembre de 2017, el único indicador positivo en la rama económica de la construcción (compuesta por Edificaciones Residenciales, no residenciales y Mantenimiento y Reparación) fue la que corresponde a las inversiones por remodelaciones en viviendas usadas. “Esta tendencia se produce porque al tener un año difícil en términos económicos, las familias buscan la opción que sea más económica y se ajuste mejor a sus necesidades, así la vivienda usada ofrece mayores áreas, tiene más opciones de ubicación y la oferta es mucho mayor”, agrega la dirigente de Fedelonjas.
Adjuntamos el texto propuesto en el proyecto de Ley de Financiamiento:
ARTÍCULO 89 (NUEVO). Adiciónese el artículo 512-22 al Estatuto Tributario, el cual quedará así:
ARTÍCULO 512-22 IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO DE UNIDADES DE VIVIENDA. El impuesto nacional al consumo tiene como hecho generador la venta de unidades de vivienda, nuevas o usadas, cuyo valor supere las 26.800 UVT, incluidas las realizadas mediante cesiones de derechos fiduciarios o fondos que no coticen en bolsa.
El responsable del impuesto es el vendedor o cedente de las unidades de vivienda sujetas al impuesto nacional de consumo. El impuesto será recaudado en su totalidad mediante el mecanismo de retención en la fuente. La retención aquí prevista deberá cancelarse previamente a la enajenación de la unidad de vivienda, y presentar comprobante de pago ante notario o administrador de la fiducia, fondo de capital privado o fondo de inversión colectiva.
La tarifa aplicable será del dos por ciento (2%) sobre la totalidad de precio de venta.
PARÁGRAFO. Este impuesto cuya causación es instantánea, no podrá tratarse como impuesto descontable, ni como gasto deducible, pero hará parte del costo del inmueble para el comprador.
Más información de prensa: Ingrid Mora, 0314893050 – Cel 3045614793 – 3202374532.
SOBRE FEDELONJAS
La Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz, Fedelonjas, agremia a los inmobiliarios de Barranquilla, Bogotá, Caldas, Valle del Cauca, Bolívar, Cesar, Chocó, Huila, Antioquia, Montería, Nariño, Putumayo, los Santanderes, Arauca, Quindío, Risaralda, Magdalena, San Andrés, Sucre, Tolima y Casanare. Con más de 1.000 miembros y 10.500 agentes inmobiliarios, tiene más de 40 años de trayectoria en la construcción de un mercado inmobiliario de calidad, responsabilidad y compromiso con el desarrollo del país.