Revista Zetta tuvo acceso a la imputación, que está contemplada en el proceso 846 y obedece a dos casos. El primero por el doble pago irregular de una indemnización a un exfuncionario de la clínica Rafael Calvo, y el segundo por la cancelación de unas acreencias laborales en un caso que estaba en apelación, la cual determinó que no había lugar a dicho pago.
Por el primer caso, en el que resultó beneficiado el trabajador Luis Alberto García Chacón, están encartados el ex gobernador Bernal así como sus secretarios de Hacienda Felipe Merlano de la Ossa y William Valderrama, quien actualmente ocupa ese cargo de nuevo; el ex director Jurídico José Julián Vásquez, que en uno de los pagos actuó como gobernador encargado, y el liquidador Humberto del Río.
Por el segundo proceso también está encartado Bernal así como Valderrama y el coordinador de la unidad de procesos judiciales de entonces, Jair Tuñón. Aquí se trató de una demanda laboral colectiva presentada por maestros en Mompox.
El Consejo de Estado ordenó el reintegro del ex tesorero de la Clínica Rafael Calvo, Luis Alberto García Chacón, quien había sido desvinculado en la administración de Miguel Raad Hernández. Según la investigación de la Contraloría Departamental, se efectuaron pagos irregulares por indemnización y emolumentos que no correspondían.
Entre 2001 y 2002 se le hicieron pagos por $128 millones y se ordenó su reintegro, pero en el transcurso del tiempo dicha revinculación no se efectuó. En 2009, por resolución Nº835, firmada por José Julián Vásquez como gobernador encargado, le pagaron unos dineros, y en 2010 volvió a pagarse por orden del gobernador Alberto Bernal. Esta acreencia también quedó incluida en la ley 550. En total se desembolsaron $863 millones.
Caso proceso de Mompox
El segundo caso tiene mayor gravedad, de confirmarse la imputación de la Contraloría Departamental.
En 2007 se adelantó un proceso ordinario laboral por parte de 25 maestros, radicado en el juzgado Primero Promiscuo de Mompox, reclamando prestaciones y obligaciones laborales.
El fallo resultó adverso al Departamento de Bolívar y se ordenó pagar $700 millones, aproximadamente.
La Gobernación recurrió la decisión en reposición, pero el juzgado la negó, y, como si fuera poco, no concedió apelación. Por esa razón, el Departamento interpuso un recurso de queja ante el Tribunal Superior, pero extrañamente se extravió el expediente.
Una vez reconstruido, el Tribunal Superior ordenó al juzgado conceder la apelación. En esas circunstancias, el funcionario Jair Tuñón expidió una certificación donde expresa que este proceso está ejecutoriado. El 7 de diciembre de 2010 se pagan $797.774.979ºº, pero la apelación realmente no estaba resuelta.
La apelación correspondió al Tribunal Regional de Descongestión de Santa Marta, que el 30 de noviembre de 2012 decidió la apelación a favor de la Gobernación de Bolívar y revocó la sentencia que había ordenado el pago.
Este auto de imputación formulado por la Contraloría Departamental de Bolívar significa que se ha concluido el periodo probatorio, y es el equivalente a un pliego de cargos de la Procuraduría. Esta decisión no admite recurso en contra.
Los encartados, una vez notificados, tienen 10 días hábiles para presentar descargos, y luego 30 días más hábiles para la práctica de pruebas. Por tratarse de varias personas, esta etapa puede concluir en el primer semestre del próximo año.
Dado que podrían existir conductas disciplinarias o penales, la Contraloría Departamental compulsará copia a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.