Cartagena de Indias, 1 de agosto de 2024.- Esta medida responde a la Resolución 165 de 2023 y su modificatoria Resolución 008 de 2024, emitidas por la DIAN para modernizar procesos, promover la sostenibilidad y disminuir el consumo de papel. Este documento es de especial relevancia para las personas jurídicas registradas en la base de datos de Acuacar y titulares de pólizas, a quienes se les reportará la factura. Entre tanto, las personas naturales no serán identificadas en el reporte a la DIAN.
Los ajustes también implican que algunas facturas tendrán novedades en el diseño, como el código QR, el Código Único de Documento Equivalente (CUDE), la información del proveedor tecnológico, y la fecha y hora de emisión y validación por parte de la DIAN.
Acuacar continuará garantizando la entrega de las facturas físicas en cada predio. Sin embargo, los usuarios que deseen recibir su documento equivalente electrónico por correo electrónico deberán contactar cualquiera de los canales de Acuacar y realizar la respectiva solicitud. Además, se habilitará un canal oficial en el sitio web de la compañía para que los usuarios ingresen sus datos y correo electrónico con el fin de empezar a recibir el documento digitalmente.