A partir del 10 de septiembre del presente año el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza RUNEOL será administrado por las Cámaras de Comercio del país, de acuerdo a la ley 1753 de 2015; lo cual representa un gran reconocimiento del Gobierno Nacional, que confía en el sistema de información manejado por las cámaras.
El RUNEOL es requisito para el ejercicio de la actividad de libranza. Las entidades que prestan dinero a los empleados a través de libranzas, deben estar anotadas en este registro para poder actuar en el mercado. A través de este instrumento, cualquier ciudadano podrá verificar la información y el código que el ente registrador le asigne a cada operador de las libranzas.
El crédito a través de libranza se ha convertido en una de las opciones de préstamo más frecuentadas en Colombia, gracias a que brinda a un empleado la posibilidad de acceder a un crédito de manera efectiva y mediante un mecanismo de pago simplificado de descuento directo.
La presidente de la Cámara de Comercio de Cartagena, María Claudia Páez, manifestó que “esta alternativa de financiación puede ser ofrecida por entidades financieras vigiladas, así como empresas con capital de riesgo propio. Lo importante en que se encuentren registradas en el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza (RUNEOL)”.
La administración del RUNEOL estaba a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y migró a las Cámaras de comercio del país a partir de la fecha por mandato de la ley 1753 de 2015.