Mediante un oficio con fecha del 17 de agosto de 2016, dirigido al Departamento Administrativo de Salud Distrital (Dadis), la Defensoría del Pueblo, el Defensor del Paciente, el Juzgado Cuarto de pequeñas causas laborales y la Superintendencia Nacional de Salud, Comfamiliar EPS expuso el caso de señor Luis Alberto Domínguez Barreto, quien padece una enfermedad huérfana y requiere un medicamento No POS, que solo distribuye un laboratorio en Colombia y que se niega a suministrárselo si no existe pago anticipado del mismo.
El paciente padece Hemoglobinuria Paroxística Nocturna para la cual, y el Comité Técnico Científico realizado por Comfamiliar le aprobó el suministro de Eculizumab Amp de 300 Mg, como tratamiento. La EPS asegura haber iniciado los trámites necesarios para que un prestador de la red suministre la tecnología o servicio requerido y le facture al ente territorial, tal como establece la norma, sin embargo hasta la fecha el laboratorio se niega a proveer el medicamento exigiendo pago anticipado como «condición».
El tratamiento con Eculizumab Amp de 300 Mg, tiene un costo anual de más de novecientos veinte millones de pesos ($920.615.927).
Debido a que el medicamento que requiere el paciente, de 53 años, es distribuido por un laboratorio que no ha dado la posibilidad de generar factura al ente territorial, desconociendo la normatividad y regulación colombiana, según afirma Comfamiliar, la EPS solicitó al Dadis un reporte de las gestiones que se han adelantado para todos los casos de tecnologías y medicamentos No POS que les han sido remitidas, con el fin de brindar la atención oportuna que el señor Luis Alberto Domínguez Barreto y otros pacientes afiliados a la misma.
El oficio también consigna que desde el 1 de junio de 2015, Comfamiliar EPS-S ha asumido las obligaciones y atenciones No POS mediante pago anticipado, a pesar de que esto no hace parte de los recursos que recibe la entidad y la imposibilidad de efectuar cualquier tipo de recobro.