Por Danilo Contreras (Especial para Revista Zetta).- Narra la leyenda que los oráculos de Gordium profetizaron que quien desatara el enrevesado nudo que unía el carromato del fundador de la ciudad con el yugo de los bueyes, conquistaría Asia. Llegando Alejandro Magno a la ciudad y puesto en conocimiento de la profecía, saco su espada y corto de tajo el nudo. Al hacerlo expresó “igual desatarlo que cortarlo”.
Rememore el mito a propósito de las dificultades que implican los asuntos relacionados con la JEP y sus normas objetadas por el presidente Duque.
Algunos dirigentes preferirían aplicar a la JEP la solución de Alejandro. Hace unas semanas el senador Uribe sugirió al presidente Duque la pertinencia de objetar la JEP, pero develó su profundo deseo al tuitear: “Bueno que objeten la JEP, mejor eliminarla”.
El gobierno opto por desatar el nudo en que se le ha vuelto la JEP mediante objeciones, pero no dudo que el interés real es su eliminación. Si fallan las objeciones ya el gobierno anuncio la presentación de proyectos de actos legislativos que logren ese objetivo. Nadie con buen sentido puede confundirse frente a las declaraciones formales de mejorar la jurisdicción y apoyar el proceso de paz. La meta es desmontar la JEP y sin JEP los acuerdos serán “trizas”.
El gobierno juega a dos bandas con las objeciones: Tira el anzuelo para que Cambio Radical pueda dirimir el asunto y sacar adelante las objeciones en el congreso y en todo caso genera desazón entre guerrilleros que deben someterse a la JEP, e inclusive entre militares que han manifestado disposición de ir a la jurisdicción a contar verdades que pueden resultar incomodas para algunos agentes estatales. Si no ganan en el congreso, en todo caso debilitan la institución que es piedra angular de la negociación con las Farc.
El debate de las objeciones es complejo y es posible que no esté al alcance del ciudadano de a pie que seguramente seguirá sometido a ciertas falacias que han deformado la discusión. Veamos un ejemplo.
Una de las objeciones presenta como inadmisible que el Estado renuncie a perseguir a todos los responsables de delitos de lesa humanidad, lo cual no es cierto pues lo que hace la ley objetada y aclara la sentencia que declaro la constitucionalidad de este aspecto, es circunscribir la imputación de este tipo de delitos a los máximos responsables pues por consideraciones de orden práctico, resultaría imposible para la jurisdicción juzgar y sancionar todos los delitos de lesa humanidad cometidos en un dilatado periodo de conflicto.
La moral del ciudadano común exige justicia retributiva, como la que imparten los tribunales ordinarios. Sería deseable, pero en términos prácticos improbable, considerando limitaciones conocidas de nuestro aparato judicial, de modo que el propósito de la finalización del conflicto sería ilusorio puesto que la justicia transicional es el núcleo de la negociación de paz.
Muchos entienden que las dudas que plantean las objeciones fueron materia de análisis de constitucionalidad y eso debe respetarse.