Empresas de sectores autorizados deben registrar trabajadores en coronavirus.cartagena.gov.co

Este lunes comenzó la reactivación paulatina de las actividades económicas con ocasión del aislamiento obligatorio por la pandemia de coronavirus.

Acatando las órdenes del presidente de la República, Iván Duque, la Alcaldía de Cartagena ordenó una nueva fase de aislamiento preventivo obligatorio en el Distrito, mediante el decreto 0551, desde las 00:00 horas de este 27 de abril hasta las 00:00 horas del 11 de mayo. En esta oportunidad se permiten las actividades físicas reguladas, que labores de los sectores de la manufactura y de la construcción, en consonancia con lo dispuesto por el Gobierno Nacional.

Las empresas de los sectores autorizados, como construcción y manufacturas, deben registrar sus empleados en la página web https://www.coronavirus.cartagena.gov.co/empresas/register

En general, el personal deberá estar identificado y acreditado. Las empresas deben tener inscrito sus protocolos de bioseguridad ante el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio; remitir al DADIS, para su validación, el plan de cumplimiento de los protocolos de bioseguridad; las empresas deben estar debidamente registradas y acreditadas en la Cámara de Comercio. Su horario de actividades es de 6:00 a.m., a 4.00 p.m.

Puesto de Mando Unificado

Cartagena de Indias, D. T. y C., 27 de abril de 2020.

El Puesto de Mando Unificado se permite entregar una actualización de la información concerniente a las fases de mitigación y supresión del coronavirus (COVID- 19) en Cartagena, y las actividades de verificación de las medidas decretadas por el alcalde William Dau Chamat, a través de los decretos 0495 del 13 de marzo de 2020 y el 0499 del 16 de marzo de 2020, modificatorio, 0500, levantamiento de pico y placa para vehículos particulares y motocicletas, y 0534, ampliación temporal de la suspensión del  pico y placa; 0505, declaratoria de calamidad pública y 0506 y 0517, 0539 de horario para establecimientos comerciales y bancarios, y pico, cédula y género para la movilidad de personas; 0542, medidas para evitar aglomeraciones en el mercado de Bazurto y 0551 de abril, sobre extensión del aislamiento preventivo obligatorio hasta la 00:00 horas del 27 de abril hasta la 00:00 horas del 11 de mayo .

  1. El alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, ordenó una nueva fase de aislamiento preventivo obligatorio en el Distrito, mediante el decreto 0551, desde las 00:00 horas de este 27 de abril hasta las 00:00 horas del 11 de mayo. En esta oportunidad se permiten las actividades físicas reguladas, que labores de los sectores de la manufactura y de la construcción, en consonancia con lo dispuesto por el Gobierno Nacional.

Construcción: Se permitirán las actividades del sector de la construcción e infraestructura bajo ciertas condiciones:

  • Su personal deberá estar identificado y acreditado.
  • Los empleados deben estar registrados en la página de la Alcaldía coronavirus.cartagena.gov.co.
  • Tener inscrito sus protocolos de bioseguridad ante el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
  • Remitir al DADIS, para su validación, el plan de cumplimiento de los protocolos de bioseguridad.
  • Las empresas deben estar debidamente registradas y acreditadas en la Cámara de Comercio.
  • Su horario de actividades es de 6:00 a.m., a 4.00 p.m.
  • La adquisición de bienes y materiales de la construcción solo podrán realizarse a través de plataformas electrónicas o servicios a domicilios.

Manufactura: Se permite la cadena de la producción, abastecimiento, almacenamiento, reparación y mantenimiento, transporte, comercialización y distribución de productos textiles, de cuero y prendas de vestir, de transformación de la madera, fabricación de papel, cartón y deben cumplir estas condiciones:

  • Sus empleados deben estar identificados y acreditados.
  • Sus empleados deben registrase en la página web coronavirus.cartagena.gov.co.
  • Tener inscrito los protocolos de bioseguridad ante el Ministerio del Trabajo.
  • Remitir al DADIS, para su validación, el plan de cumplimiento de los protocolos de bioseguridad.
  • Las empresas deben estar debidamente registradas y acreditadas en la Cámara de Comercio.
  • Su horario de actividades es de 6:00 a.m., a 4.00 p.m.

Actividad Física:

Se permite la actividad física y ejercicios individuales al aire libre a personas en el rango de edad, entre los 18 a 60 años, por espacio de una hora, entre las 5:00 a.m. y las 7:00 a.m., cumpliendo la restricción de pico, cédula y género y distanciamiento social de 5 metros.

Se restringe el uso de parques, playas, canchas, espacios deportivos cerrados públicos y privados, el uso de máquinas biosaludables y juegos infantiles.

Pico, cédula y género:

Solo puede circular una persona del núcleo familiar según el último dígito de su cédula y género para adquirir productos de la canasta familiar de primera necesidad, servicios bancarios, citas médicas, de 6:00 a.m. a 4:00 p.m. Los paseos de las mascotas serán solo por 15 minutos. Las personas transgénero podrán hacer uso de las excepciones de acuerdo con su identidad de género y último número de cédula.

Pueden salir:

Lunes 27  de abril: Mujer, 1, 2, 0

Martes 28 de abril: Hombre, 1, 2, 0

A partir del miércoles se harán modificaciones, para que todos los dígitos queden incluidos en la semana y no afectar a los ciudadanos que deban hacer diligencias bancarias.

Otras medidas:

  • Las actividades de comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, supermercados, servicios bancarios deben garantizar las medidas de establecimiento social y el horario de atención es de 6:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.
  • Las actividades a través de las plataformas electrónicas y domicilios pueden desarrollarse hasta las 9: 00 p.m.
  • Las empresas que prestan domicilios deben atender las medidas de salubridad dispuestas por el Ministerio de Salud y desinfectar los elementos de trabajo tres veces al día, y los alimentos o elementos a entregar higiénicamente empacados.
  • La industria hotelera solo puede atender huéspedes que realizan actividades de prevención, mitigación y atención sanitaria por causa del coronavirus.
  • Es obligatorio el uso de tapabocas en sitios públicos, transporte masivo, supermercados, centros comerciales y entidades bancarias.
  • Funcionamiento de comisarías de familia en el horario de 8:00 a 2.00 p.m., fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de bicicletas convencionales y eléctricas, en el horario de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
  • El sistema de transporte masivo y colectivo solo podrá ocupar el 35 por ciento de su capacidad.
  • Siguen vigentes las medidas para el desarrollo de las actividades esenciales del mercado de Bazurto sobre aislamiento preventivo obligatorio, establecidas mediante el decreto 0542 del 15 de abril de 2020 y se complementan con las expedidas en este decreto.
  1. Transcaribe informó que realizan controles en la entrada en Patio Portal y las estaciones del sistema de transporte masivo verificando en sus usuarios el uso de tapabocas, el pico, cédula y género, o si están dentro de los sectores que tienen excepciones para su circulación. En Patio Portal señalizaron con unas huellas para que los pasajeros, durante la espera de abordaje, cumplan con los dos metros de distancia como medida preventiva. Por la entrada de nuevos sectores de la economía la oferta de buses se incrementó en un 40 %.
  2. La Capitanía de Puerto informó que el domingo arribaron a la ciudad 9 buques procedentes de Coveñas, Panamá, Guatemala, España, Canadá, Estados Unidos, Brasil y República Dominicana.

Comunicado 125, 8:00 A.M.