Benedetti plantea a Dau crear Fondo para aliviar pago de servicios públicos

El representante a la Cámara por Bolívar, Jorge Benedetti Marcelo, le propuso al alcalde William Dau hacer uso de las herramientas jurídicas establecidas por el Gobierno nacional dentro de la emergencia por Covid-19 y crear el Fondo de Solidaridad y Redistribución, que servirá para brindar un alivio para las familias cartageneras en el pago de sus servicios públicos.

En un derecho de petición, el congresista indaga por las medidas tomadas por la Administración Distrital en este aspecto, y pregunta «si ¿Cartagena cuenta con el Fondo de Solidaridad y Redistribución conforme al Decreto 565 de 1996? ¿Se ha presentado algún Acuerdo sobre la materia en el Concejo Distrital de Cartagena? ¿Se ha presentado algún proyecto de Acuerdo por parte de la Alcaldía en el Concejo Distrital de Cartagena? En caso negativo, solicitamos a la administración distrital presentar un proyecto de Acuerdo para regular dicho Fondo».

Este es el texto de la petición:

Cartagena, junio de 2020

 

Señor

WILLIAM DAU CHAMAT

Alcalde Mayor de Cartagena de Indias

Asunto: Medidas en materia de servicios públicos domiciliarios.

Estimado señor Alcalde, reciba un cordial saludo.

Como usted bien sabe, numerosos barrios, familias y empresas vienen presentando dificultades para el pago de servicios públicos domiciliarios, bien sea en razón de la disminución de los ingresos de los hogares y negocios o en virtud de aumentos que se han venido dando en cobro por parte de la empresas prestadoras, situación que está siendo investigada por la Superintendencia de Servicios Públicos.

Sin embargo, en virtud de recolectar información y de conocer las medidas tomadas por su administración, me permito hacer las siguientes peticiones con base en las competencias dispuestas en el artículo 258 de la Ley 5 de 1992.

Peticiones

  1. Por favor indique las medidas realizadas por el Distrito de Cartagena para efectos de aliviar el pago de la tarifa de las facturas de servicios públicos (agua, alcantarillado, aseo, energía, gas) en la ciudad. En particular, le solicito precisar las medidas que se han tomado en materia de prestación de servicios en los hogares y en el sector comercial e industrial.
  2. Por favor indique las medidas que planea realizar el Distrito de Cartagena a futuro para efectos de aliviar el pago de la tarifa de las facturas de servicios públicos (agua, alcantarillado, aseo, energía, gas) en la ciudad. En particular, le solicito precisar las medidas que se planean tomar en materia de prestación de servicios en los hogares y en el sector comercial e industrial.
  3. Desde el inicio del confinamiento se ha evidenciado un aumento del consumo de agua, electricidad y gas en los hogares, teniendo en cuenta que se pasa mayor tiempo en casa, hay un mayor número de personas que utilizan más electrodomésticos y, además, que el gas es esencial para cocinar y la energía es necesaria para cumplir con las labores del trabajo, el estudio y también los momentos de recreación. En particular, el Gobierno Nacional, congeló las tarifas del servicio de agua en medio de la emergencia, pero el aumento del valor del servicio de gas y electricidad ha sido, al parecer inevitable, a pesar que el Gobierno Nacional congeló el valor del kilowatio desde el 15 de abril. En ese sentido, quisiera consultar si ¿existe alguna medida tomada, o por tomar, por parte del Distrito de Cartagena para aliviar los aumentos de la tarifa de energía y gas? ¿Se ha planeado algún tipo de medida en este aspecto?
  4. ¿Se ha establecido algún tipo de comunicación con la Comisión de Regulación de los diferentes sectores frente al problema del pago y aumento de las tarifas de servicios públicos domiciliarios? ¿Se ha concertado algún tipo de medida o plan con estas Comisiones de Regulación?
  5. De acuerdo con el ordenamiento jurídico, por regla general, la facturación por promedio está prohibida: la Comisión de Regulación de Energía y Gas determinó que no puede haber cobro por promedios durante la emergencia y solo está justificada en aquellos casos en que el prestador demuestra que no pudo efectuar la lectura de los consumos. Esa práctica generalizada en esta época de pandemia, de promediar consumos, está rotundamente prohibida. En ese sentido, una de las excepciones que contempla el decreto de aislamiento preventivo obligatorio es el hecho de permitir a las empresas de servicios públicos continuar prestando sus servicios con calidad, cobertura y continuidad. Por lo tanto, las empresas deben efectuar la lectura a los contadores de forma presencial y evitar cobrar por promedio, sin embargo no ha sido así. En consecuencia, quisiera consultar si ¿se ha establecido algún tipo de comunicación con la Superintendencia de Servicios Públicos frente al problema del pago cumplido y aumento de las tarifas de servicios públicos domiciliarios? ¿Se ha concertado algún tipo de medida o plan con la Superintendencia para evitar y prevenir este tipo de abusos en Cartagena? ¿En particular, se ha fijado algún tipo de medida o facilidad para que los usuarios puedan presentar sus quejas y obtener respuesta a las reclamaciones frente al pago de la tarifa o su aumento?
  6. En Bogotá, se ha decidido por parte de la actual administración, que los servicios públicos domiciliarios para los estratos 1 y 2 no serán cortados en ningún caso y en ningún tipo de servicio. Adicionalmente, la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de las empresas de servicios públicos, brindará descuentos para los ciclos de facturación de abril y mayo para los estratos 1, 2, 3 y 4. En ese sentido, en la Empresa de Acueducto y Alcantarillado se hará un descuento de $ 15.056, en materia de Gas natural se hará un descuento del 20 % para estratos 1 y 2 y del 10 % para 3 y 4. En Aseo, el Alivio será del 10 % sobre el valor de la factura. Finalmente, en energía el alivio será del 20 % para estratos 1 y 2 y del 10 % para 3 y 4. En relación con lo anterior se pregunta, ¿se ha tomado algún tipo de medida de este tipo en Cartagena o ha planeado tomarse? ¿Qué impide que en Cartagena se puedan tomar este tipo de soluciones y auxilios a los estratos más bajos?
  7. El Decreto 565 del 96 reglamenta los Fondos de Solidaridad y Redistribución en el orden departamental, municipal y distrital para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, dicta definiciones para la aplicación a subsidios, beneficiarios y objeto de los mismos, señala la naturaleza de los fondos, monto de subsidios, criterios de asignación, fuentes de recursos para entregarlos si hay superávits de los fondos e informes sobre el manejo contable de los mismos. El Consejo de Estado en el año 2003 estableció, mediante su Sala de Servicio y Consulta Civil, que los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos creados por la Ley 142 de 1994 buscan canalizar los recursos destinados a sufragar subsidios para que personas de menores ingresos puedan pagar los servicios públicos domiciliarios, a través de cuentas  especiales dentro del presupuesto del Distrito, sin personería jurídica y con contabilidad separada.

En ese sentido, quisiera conocer si ¿Cartagena cuenta con el Fondo de Solidaridad y Redistribución conforme al Decreto 565 de 1996? ¿Se ha presentado algún Acuerdo sobre la materia en el Concejo Distrital de Cartagena? ¿Se ha presentado algún proyecto de Acuerdo por parte de la Alcaldía en el Concejo Distrital de Cartagena? En caso negativo, solicitamos a la administración distrital presentar un proyecto de Acuerdo para regular dicho Fondo.

Esperamos que las presentes solicitudes sean recibidas con receptividad, puesto que surgen del sentir y preocupación de la ciudadanía frente a todo lo que viene sucediendo. Quedamos atentos a cualquier indicación de su parte y estaremos a su disposición para los asuntos pertinentes. Pueden comunicarse conmigo a través del correo electrónico jorge.benedetti@camara.gov.co.

Agradezco su amable atención.

JORGE ENRIQUE BENEDETTI MARTELO

Representante a la Cámara

Departamento de Bolívar