La Alcaldía Distrital de Cartagena, a través de la Secretaría de Planeación Distrital, informó que en lo corrido del año 2020 y basados en los decretos y normas urbanísticas existentes, se han negado trece solicitudes de licencia para instalación de antenas de telecomunicaciones en el Centro Histórico de la ciudad.
Según el Plan de Ordenamiento Territorial de Cartagena (Decreto 0977 de 2001, articulo 459), y el decreto distrital 0424 de 2003, artículo 2 numeral 4, NO ES PERTINENTE la instalación de antenas en partes visibles desde el exterior en el Centro Histórico, su área de influencia, y la parte periferia histórica.
Dentro de las trece solicitudes negadas por la Administración del Alcalde William Dau Chamat, se encuentran diez solicitudes de licencia de intervención y ocupación de espacio público a la empresa DESARROLLOS TERRESTRES S.A.S, para la instalación de postes en acero galvanizado que “proporcionarían a la comunidad el servicio del sistema de telecomunicaciones”, las cuales fueron rechazadas a través de las siguientes resoluciones:
– Resolución 2745 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en el andén de la calle San Juan de Dios, calle 31 A con calle Antonio Ricaurte (carrera 3) y calle del Triunfo (carrera 2); y en el andén de la calle de la Ronda frente al Museo Naval.
– Resolución 2746 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en el Edificio Nacional, en el andén de la avenida Venezuela con calle 35 costado occidente.
– Resolución 2747 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en la Plaza de los Coches, calle 24, frente al edificio Eivissa.
– Resolución 2748 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en la Plaza de los Estudiantes, sobre el andén de la calle de la Universidad, carrera 6 con calle de San Agustín Chiquita, calle 36 costado oriente.
– Resolución 2749 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en la Plaza del Pozo, separador entre calle El Pozo, carrera 10b y calle de la Tusa-Chancleta calle 26.
– Resolución 2750 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en la zona verde del Parque Centenario, en la esquina de la avenida Centenario, carrera 9 con calle 30 costado occidente; y en la zona verde del Parque Centenario, sobre la avenida Daniel Lemaitre calle 32 y entre avenida Centenario, carrera 9 y carrera 8.
– Resolución 2751 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en el Centro Comercial La Serrezuela, andén de la carrera 11 con calle 39, costado occidente.
– Resolución 2752 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en Baluarte de Santo Domingo, zona verde del andén de la carrera 2 con calle 35, costado occidente.
– Resolución 2753 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en el separador de la avenida Santander con calle 36, y en el separador de la avenida Santander con calle 33.
– Resolución 2756 del 30 de mayo de 2020: instalación de postes en la Plaza de la Merced, andén de la carrera 2 con calle de Don Sancho, costado oriente.
También fueron negada licencia de intervención y ocupación de espacio público a otras tres empresas, a saber:
– TOWER 3 S.A.S., a través de la resolución 2744 del 30 de mayo de 2020. Este proyecto, denominado “Estación base CAR_IND La Serrezuela” consistía en la instalación de una estación base de telecomunicaciones inalámbricas en poste de 18 metros de altura, que se ubicaría en la Avenida del Mar frente a la puerta de Santa Catalina, a 70 metros aproximados del Centro Comercial La Serrezuela.
– INNERVISIÓN TELECOM S.A.S., mediante resolución 2860 del 5 de junio de 2020. La solicitud iba encaminada a la instalación de una base de telecomunicaciones inalámbricas en poste tipo monopolo en acero galvanizado de 18 metros de altura, en el barrio Manga, Avenida Miramar, zona verde parque Manga, carrera 17 A con calle 24, a 70 metros del fuerte San Sebastián de Pastelillo.
– COLLOCATION TECHNOLOGIES COLOMBIA S.A.S., mediante resolución 2743 del 30 de mayo de 2020. Con esta solicitud se pretendía la instalación de postes en acero galvanizado que “proporcionarían a la comunidad el servicio del sistema de telecomunicaciones y videovigilancia” en el andén de la Plaza de Bolívar, sobre la calle de la Inquisición con carrera 3A, costado sur; y en el andén de la Plaza de Bolívar, sobre la calle 34 con calle Landrinal, costado norte.
Las disposiciones urbanísticas sobre el Centro Histórico de la ciudad son una determinante de superior jerarquía sobre el POT y sobre las demás normas urbanísticas existentes. Estas están contenidas en la Resolución 043 de 1994, la cual establece los límites y la zona de amortiguamiento del Centro Histórico, y deben ser tenidas en cuenta para cualquier tipo de operación o actuación urbanística sobre dicha área.