Cartagena de Indias D.T. y C., 19 de enero de 2021. Con el propósito de apoyar en la reactivación económica a las micro, pequeñas y medianas empresas, se expidió el Decreto 1756 de 2020, mediante el cual se establecieron los descuentos en las tarifas del registro mercantil que administran las Cámaras de Comercio, como parte de los alivios otorgados para el año 2021 por parte del Gobierno Nacional.
Puntualmente los beneficios y descuentos contemplados en la norma son los siguientes:
- Reducción del 5% en la renovación de la matrícula para todas las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), siempre y cuando realicen este proceso dentro de los tres primeros meses del año.
- Descuento del 5% para los establecimientos, sucursales y agencias de las Mipymes.
- 7% de descuento en la cancelación y actualización de datos de la matrícula mercantil, al igual que en la inscripción en el registro mercantil de actos y documentos.
- Todos los certificados que expidan las cámaras tendrán un descuento del 5%.
El llamado a renovar
Para Juan Pablo Vélez Castellanos, presidente Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Cartagena, “impulsar la recuperación del tejido empresarial es fundamental para iniciar el proceso de recuperación económica de la ciudad. En este sentido, las nuevas tarifas son una importante estrategia para apoyar a las empresas y los empleos afectados por la pandemia”.
El registro, explicó el directivo cameral es el primer paso para que una empresa pueda operar de manera formal. Por esto, invitamos a los comerciantes y empresarios a mantenerse en la legalidad, especialmente para acceder a los demás beneficios, auxilios y estrategias que han desplegado entidades del Estado y entidades financieras.
Igualmente, aseguró que “se han fortalecido todos los procesos de los servicios registrales para brindar el soporte y acompañamiento a los empresarios y comerciantes durante la época de renovación, especialmente con la innovación de las plataformas y canales virtuales, que optimizan la interacción con nuestros clientes”.
“Dada la naturaleza de la situación que aún vivimos por la pandemia del Covid19 y pensando en la salud de nuestros usuarios y colaboradores, en el 2021 la principal apuesta es el uso de los servicios virtuales para realizar la renovación y demás trámites a través de la página web y la aplicación digital disponible para dispositivos móviles”, indicó Vélez Castellanos.
Más beneficios del Decreto 1756 de 2020
- Las personas naturales comerciantes que tengan la calidad de Mipymes y hayan omitido el deber de renovar la matricula mercantil en 2020, tendrán derecho a cancelar su matrícula sin sufragar el derecho de la renovación por las vigencias 2020 y 2021, solo si el trámite lo realicen dentro de los tres primeros meses del 2021.
- Las sociedades que tengan a la calidad de Mipymes y que hayan omitido el deber de renovar la matricula mercantil en 2020, tendrán derecho a inscribir el acto de disolución y liquidación, así como su posterior cancelación de la matrícula sin sufragar los derechos de la renovación por las vigencias 2020 y 2021, siempre y cuando lo efectúen dentro del primer trimestre del presente año.
- Las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) se beneficiarán, también, de los descuentos en renovación, cancelación, mutaciones, inscripción de actos, libros y documentos y certificados en 2021.
Vélez Castellanos dijo, finalmente, que los descuentos en las tarifas para las Mipymes, tal como lo explicó el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, generarán en nuestros empresarios un ahorro por más de $11.000 millones, con lo cual el Gobierno Nacional en conjunto con las Cámaras de Comercio demuestran su respaldo a los sectores productivos.