Por Nébinson Guzmán – Especial para Revista Zetta | Cartagena de Indias, 25-01-2021 | Como líder cívico y social de nuestra ciudad, en donde por años me he interesado por los temas de importancia que nos aquejan, desde el pasado viernes 22, con detenimiento y sumo cuidado, estoy analizando las noticias que a través de los medios de comunicación, por las plataformas digitales y las redes sociales se vienen dando con referencia a la investigación de carácter fiscal que la Contraloría General de la República inició con relación a la Concesión Vial de Cartagena, coloquialmente llamada «Corredor de Carga».
En dicha investigación, estimada en un altísimo valor monetario, se están vinculando, revolviendo en una «bolsa común», a 40 personas naturales y jurídicas que han sido y son representantes de la entidad estatal contratante de la concesión (Distrito), accionistas de la Concesión Vial (empresas), entidad supervisora de la operación (Edurbe S.A.) y la Compañía de Seguros del proyecto (Mapfre). Ante la magnitud de los hechos, he tenido la precaución de apoyarme y consultar, sin apasionamiento alguno, a varias fuentes fidedignas, que por razones obvias no voy a dar a conocer, que son profesionales idóneos y reconocidos expertos en materia del derecho a nivel: administrativo, fiscal, disciplinario, penal y de contratación estatal; amén de complementar mis averiguaciones con dos profesionales de la economía e ingeniería civil, expertos y con amplia experiencia en finanzas públicas y privada.
Así las cosas, realizo las siguientes apreciaciones y precisiones, acompañadas de varias inquietudes, puestas en las justas proporciones de la verdad real e institucional de la situación, así:
1) ¿Por qué se filtró la información a los medios de comunicación y a los alternativos digitales, antes que los 40 «supuestos» vinculados al proceso fiscal se enteraran de su situación por la vía oficial, es decir, por la propia Contraloría General de la República?
2) Como Colombia es un Estado Social de Derecho, a los vinculados se les está VIOLANDO EL DEBIDO PROCESO. Eso va contra toda norma constitucional, legal e inclusive viola el régimen establecido en la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
3) El Alcalde Mayor de Cartagena de Indias, William Dau Chamatt, en calidad de representante legal del Distrito Turístico y Cultural, quien también ejerce la figura de contratante en el vigente Contrato de Concesión Vial, NO ha guardado la compostura institucional, por ende ha sido y es un irresponsable ya que con sus actuaciones de facto incita a la desobediencia civil para el no pago de los peajes en la ciudad y a que la ciudadanía agreda a empleados operativos de la concesión, que están atendiendo las casetas para el levantamiento de las talanqueras, como en el caso ocurrido al final de la tarde del día viernes cuando terceros agredieron a dos mujeres trabajadoras del servicio concesional.
4) Esta actitud del señor Dau, atrevida, pendenciera e irresponsable, puede tipificarse como una conducta con alcances de tipo disciplinario y penal. Además, a los vinculados en el proceso los está exponiendo a altísimos riesgos en materia de seguridad personal, por la evidente incitación al odio y a la vías de hecho. Procederes que van en contravía de los buenos modales y actuaciones ponderadas que debe mantener el mandatario local.
5) La discusión alrededor del tema en comento, se debe centrar es con un fondo enmarcado en dos pilares: a.- Jurídico/Legal y b.-Técnico/Financiero. NO se deben producir discusiones por apasionamientos, «quereres», odios o desafectos a cualquiera de los vinculados o, inclusive, por intereses particulares o «grupales».
6) La investigación fiscal debe darse hasta las últimas consecuencias, para esclarecer los hechos a favor de la transparencia y por el bien de la ciudad; pero repito con argumentos contundentes soportados en la documentación y el debido análisis por parte de los expertos en la materia.
7) He evidenciado que dentro de las personas que lideran o reclaman el no pago de los peajes en Cartagena, hay varios personajillos que dicen representar a colectivos ciudadanos y desean aprovechar sus «cinco minutos de gloria» ante los medios de comunicación y darse lustre, acuérdense que estamos ad portas de unas elecciones para Congreso dentro de 13 meses y esta situación puede presentarse como un «caballito de batalla» para los oportunistas, debido al alto ruido que genera. Pues resulta pintorezco que en ese grupillo de exaltados reclamantes hay como de todo en botica: Uno que es residente en el barrio Martínez Martelo, que por cierto ha estado metido y le encanta los tentaderos de la politiquilla local, se disfraza de un tal «Capitán no sé de qué cosa…». Hay otros que son abogados de profesión y que han sido miembros de varios gabinetes del gobierno distrital, en donde a sus alcaldes jefes los están vinculando al proceso fiscal; ¿será que esos quejosos tienen amnesia y/o demencia senil, ya que hicieron parte de la entidad estatal contratante para la concesión vial y ahora se rasgan las vestiduras y se lavan las manos como dignos herederos de Poncio Pilatos, amén de faltar a la lealtad para con sus jefes subsistentes o que ya se encuentran fallecidos?
8) Profesionales serios me han informado que en 2018 se realizó una mesa de trabajo liderada por el Distrito de Cartagena de Indias, en donde estuvieron presentes: Concesión Vial, Edurbe S.A., Contraloría Distrital, Procuraduría Provincial, entre otros. Allí, por parte de Edurbe S.A., se expuso un detallado informe en el ámbito legal, técnico y financiero en donde se concluyó que de las 10 AUDITORÍAS/ESTUDIOS realizados durante la operación del Corredor de Carga, 9 de esas auditorías/estudios habían coincidido en que todavía la TIR pactada con el concesionario NO se había alcanzado. La única auditoría que no coincidió con las otras nueve, fue una realizada en el año 2017 por la Contraloría Distrital de Cartagena, precisamente elaborada por los funcionarios de ese órgano de control que fueron denunciados ante el seno del Concejo Distrital de Cartagena y la Fiscalía General del Nación por parte del gerente de la Concesión Vial, René Osorio, derivado de una supuesta solicitud de dinero (entiéndase como: coima o «tajada») a la que la Concesión Vial se negó.
9) El análisis técnico/financiero debe basarse en la revisión de la TIR (Tasa Interna de Retorno) pactada para el proyecto, la cual no solamente incluye las inversiones iniciales del proyecto, sino las inversiones que posteriormente se realizaron (Transversal 54, puentes, ampliaciones…), además de los ingresos recurrentes derivados de la Tasa de Tráfico que pasa por los peajes. Los entendidos en el tema financiero saben que el cálculo de la TIR tiene una metodología y para este proyecto tan complejo, aún más hay que tener en alta consideración el desmonte que se hiciera del Peaje Vikingos hace unos 7 años y otras externalidades que han podido afectar el flujo de los ingresos del proyecto.
10) Todo el modelo técnico y financiero de la Concesión Vial debe ajustarse a lo pactado en el Contrato de la Concesión del año 1998. La gente no debe acudir a dimes ni diretes, ni a suposiciones, ni a malquerencias para afectar a los vinculados que no son de su agrado y/o gusto. Aquí habla es el papel y la ley. Además, muchas personas están especulando y dejando en el firmamento nubarrones de dudas, eso incluye al propio alcalde Dau y a varios miembros de su gabinete que no saben que es la Tasa Interna de Retorno. Porque, para la TIR, que es un indicador financiero dinámico, hay que entender su concepto, alcance, fórmula de cálculo y sus variables, interpretación, criterios de evaluación para tomar decisiones y aplicarla. Y eso, NO lo sabe todo el mundo, por eso hay mucha gente que está hablando pura cháchara y bazofia.
11) El contratante de la Concesión Vial es el Distrito, es el dueño del contrato a través de Valorización Distrital de la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias. Para la operación del Corredor de Carga, el Distrito de Cartagena de Indias suscribió con Edurbe S.A. un contrato para la SUPERVISIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA DE LA OPERACIÓN. Esta supervisión, Edurbe S.A., la adelanta con su equipo de trabajo de la Subdirección Técnica y con un asesor técnico que es ingeniero civil experto en materia financiera. De allí, se producen informes mensuales con base en la revisión documental y las visitas al área de la concesión vial para constatar de primera mano las acciones operativas, técnicas y financieras que se ejecutan en el Corredor de Carga. Estos informes van avalados por Valorización Distrital y la Superintendencia de Transporte verifica dichos informes y la operación. Ese es el rol de Edurbe S.A. Entonces, surge la siguiente inquietud: ¿qué alcance y responsabilidades pueden tener los funcionarios de Edurbe S.A. si ellos se circunscribieron a lo establecido en el contrato suscrito con el Distrito y sus informes mensuales de cada vigencia fueron auditados y aprobados por los organismos y las instancias competentes, además de cumplir con lo ordenado por la Junta Directiva de Edurbe S.A., quien es la que ejerce las funciones para imponer la política institucional de acuerdo con lo establecido en la Ley 489 de 1998 (enmarcada para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado) y a los lineamientos de los estatutos de la entidad?
12) ¿Por qué la Contraloría General de la República, quien para 2018 se identificó y aceptó 8 estudios sobre la TIR del proyecto y la operación, aplicando la misma metodogía para su cálculo, que también fue aplicada durante varios años en las auditorías anuales que a Edurbe S.A. le realizó la Contraloría Distrital (a diferencia de la realizada en 2017 por los funcionarios puestos en entre dicho), archivó una investigación fiscal y el pasado año 2020 la reabre? ¿Qué la motivó? ¿Por qué se puede inferir que aduce la falta de mayor documentación a detalle que soporte su valoración? ¿Y entonces, en dónde quedan las múltiples visitas a Cartagena que realizaron los señores expertos de las comisiones procedentes de Bogotá?
13) El alcalde Dau, en los períodos de los meses de enero de 2020 y 2021, firmó los decretos que establecen las tarifas para los peajes de la Concesión Vial de Cartagena. Es decir, aceptó la continuidad del contrato de concesión vial. Por qué unos pocos días después de haber impuesto las tarifas, aparece in situ incitando a no pagar los peajes, si todavía legal y técnicamente, por autoridad competente, NO se ha determinado nada al respecto.
14) El alcalde Dau, siendo abogado de profesión, debe saber que lo establecido en un contrato, por ley, es de obligatorio cumplimiento para las partes. Además, Dau plantea una locura con su intención de facto para rescindir el contrato de la concesión vial sin tener una causal de NULIDAD, la cual NO EXISTE. En consecuencia, Dau NO debe actuar ligeramente motu propio y de manera unilateral. Esas torpes y pusilánimes actuaciones por las vías de hecho, le pueden acarrear al Distrito procesos jurídicos que conlleven a la erogación de onerosos recursos públicos ante la reclamación del contratista o concesionario, quien todavía aduce que la TIR pactada en el contrato no se ha alcanzado. Así las cosas, se podría configurar un detrimento patrimonial en contra del Distrito y los «paganini» serían la misma comunidad. Entonces, ¿por qué no vinculan al proceso fiscal al alcalde Dau?
15) En el listado de los vinculados al proceso fiscal, facilitado por varios medios de comunicación, ¿por qué no están incluidos los ex alcaldes Sergio Londoño y Yolanda Wong?
16) En definitiva, la Contraloría General de la República apenas está iniciando un proceso de responsabilidad fiscal. Por tanto, todavía, PROCESALMENTE NO HA SUCEDIDO NADA. Así las cosas, todo el ruido que se ha generado son chismes y meras especulaciones. Es decir, NO se ha sentenciado a ninguno de los vinculados, ellos tendrán la oportunidad de defenderse. TODOS ellos, sin excepción, tienen derecho a una defensa técnica y deberán aportar las pruebas que demuestren su inocencia. Para eso es el Estado de Derecho y el Debido Proceso.
17) A los hasta ahora vinculados en el proceso fiscal, sin asumirles la presunción de inocencia y darles el beneficio de la duda, en la ciudad y de manera anticipada, se les está señalando, acusando, juzgando y condenando. Entonces, en Cartagena hemos vuelto a las prácticas, ya abolidas, del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, el cual despareció hace dos centurias. ¡¡¡Nadie puede ser condenado, sin ser oido y vencido en juicio!!! Esta ciudad pareciera estar enclavada en las entrañas de Cuba o de Venezuela, países a los que muchos critican por tener esos regímenes antidemocráticos. Practiquen, no prediquen.
18) Ojalá, que este proceso fiscal no continué convirtiéndose en un SHOW MEDIÁTICO, sino que prosiga con argumentos rigurosos y serios de carácter jurídico, técnico y financiero. Repito, NO soportado mediante comentarios y especulaciones de comadrejas. Porque, aunque la mayoría de la gente -entre los cuales me incluyo- NO desea pagar más peajes en la ciudad, hay que aceptar un realidad: la ciudad tiene un contrato de concesión vial para 27 kilómetros de ruta, toda vez que la inversión del proyecto la hizo un privado, debido a que en la fecha de la suscripción del contrato el Distrito de Cartagena no tenía la capacidad económica para financiar una obra de tal envergadura.
19) ¿Será que en el trasfondo del SHOW MEDIÁTICO, que apenas empieza, hay una «pelea entre águilas» en donde de por medio ponen a los «gorriones» con el propósito de disimular las desavenencias?
20) Por el bien de la ciudad y de todos, lo fundamental es que continúe la investigación fiscal para que en tiempo prudencial se arrojen los certeros y justos resultados que ayuden a determinar las verdades o las mentiras…
¡¡¡Déjemonos de vainas y pendejadas, seamos coherentes y sensatos!!!