¿Qué detonó el quiebre entre Pión y Contralor?

La teoría dice que entre bomberos no se pisan mangueras. El partido de la U tiene una bancada en el Concejo de tres miembros y hace tres años se vieron alegrados porque el candidato de esa colectividad, Mario Féliz Monsalve, fue elegido contralor distrital.

Hace tres años se respiraba otro ambiente político. En la Asamblea había sido elegido, también por el partido de la U, Carlos Féliz Monsalve, hermano del recién electo contralor distrital. Si bien la U había perdido la Gobernación, en la Alcaldía rebosaba de felicidad por la elección de Campo Elías Terán Dix.

En los dos primeros años, a Mario Féliz se le vio transitar sin mayores aspavientos por los pasillos del Concejo, pero desde hace un año las cosas comenzaron a cambiar. Hubo cambios en la Alcaldía por la muerte del alcalde, el ambiente se enrareció y no precisamente por el accionar de otras bancadas sino de la propia, y concretamente del concejal César Pión, su aliado hasta entonces.

¿Por qué partieron cobijas? En las entrañas del partido de la U y del Concejo parece haber un pacto de silencio: saben cuál fue el detonante, pero nadie quiere decir. Y este debate no sería otra cosa que una cuenta de cobro por alguna discrepancia muy concreta, pero muy sentida en materia política.

Claro que en la presentación todo cuadra: el Concejo es una corporación deliberante que hace control político y el contralor está en el deber de dar explicaciones. La diferencia está en el “tono” del cuestionamiento. “Contralor que no controla”

El debate al contralor también encierra una serie de mensajes cifrados sobre temas que quedaron con puntos suspensivos pero que aún no tienen respuesta final: desde Sacsa, pasando por Transcaribe y Aguas de Cartagena, hasta Chemical Products o Cámara de Comercio.

Habrá que esperar la fecha del debate y mientras tanto estar atento a los movimientos telúricos que rondan este tema.

 

Este es el texto de la citación al Contralor

Proposición de citación al contralor distrital doctor Mario Féliz Monsalve para que con base a la ley y a la norma constitucional responda y se presente a la corporación en fecha definida por la Mesa Directiva para responder a un cuestionario y funciones afines en el ejercicio de un político con base en la ley 1617 en su artículo 28. Control político. Que reza así:

En cumplimiento de las funciones de vigilancia y control que corresponde ejercer a los concejos distritales sobre los demás órganos y autoridades de la administración distrital en relación con el cumplimiento de sus funciones, estos podrán citar a los secretarios de la administración distrital, alcaldes locales, directores de departamentos administrativos distritales o gerentes y jefes de entidades descentralizadas distritales, así como al personero y al contralor distrital. Las citaciones deberán hacerse con anticipación no menor de cinco (5) días hábiles y formularse en cuestionario escrito. En los tres (3) días siguientes al recibo de la citación, el funcionario citado deberá radicar en la secretaría general de la corporación la respuesta al cuestionario en medio escrito o magnético. El debate objeto de la citación encabezará el Orden del Día de la sesión y no podrá extenderse a asuntos ajenos al cuestionario.

De la misma manera podrán invitar a los gerentes o jefes seccionales de las entidades nacionales que tengan jurisdicción en los respectivos distritos.

PARÁGRAFO. El Concejo distrital o sus comisiones también podrán solicitar informaciones por escrito a las otras autoridades distritales, convocándolas para que en sesión especial rindan declaraciones sobre hechos relacionados con los asuntos que la corporación investigue o sean objeto de su estudio y reglamentación o con los asuntos relacionados con la administración distrital. El concejo ante la renuencia o negativa de las autoridades, de atender las citaciones o rendir los informes solicitados en las fechas previstas para ello, dará traslado del hecho a la Procuraduría General de la Nación, para lo de su competencia. En el caso de las personas naturales o jurídicas, se dará aplicación a lo previsto en el Código de Procedimiento Civil. Los citados podrán abstenerse de asistir solo con excusa justificada.

EN RELACION CON EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

  1. Estados financieros consolidados de la Contraloría Distrital correspondiente a las vigencias 2012, 2013, y 2014, con sus respectivas notas, anexos y actos administrativos de liquidación de cada presupuesto.
  2. Sírvase certificar a través de un cuadro comparativo el gasto correspondiente a contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión correspondiente a las vigencias 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, y 2014.
  3. Sírvase indicar en relación con el punto primero, el valor de la contingencia o provisión efectuada por su despacho en los estados financieros correspondientes a los años 2013 y 2014 para la liquidación efectiva de las 66 plazas de provisionales a remplazar por virtud del concurso publico de méritos convocado por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
  4. Sírvase remitir copia del acto administrativo por medio del cual se establece el presupuesto correspondiente a la vigencia 2015.

EN RELACION CON LA DIRECCION DE AUDITORIA FISCAL

Sin perjuicio de la respectiva reserva legal que sobre los procesos administrativos sancionatorios llegare a existir:

  1. Relación de procesos administrativos sancionatorios en curso correspondientes a las vigencias 2012, 2013, 2014 y lo corrido del 2015 con indicación del investigado.
  2. Relación de procesos administrativos sancionatorios fallados y ejecutoriados en las vigencias 2012, 2013, 2014 y lo corrido de 2015, con indicación de investigado, hechos que motivaron la sanción, valor de la sanción, y estado del proceso ejecutivo de cobro.
  3. Certificación en la cual se indique que entes sujetos de control de la Contraloría Distrital, para las vigencias 2008 a 2014, tuvieron gestión administrativa, financiera, presupuestal y/o contractual desfavorable. Sírvase indicar acto seguido si como consecuencia de la calificación desfavorable de la auditoria se dio inicio a procesos administrativos, disciplinarios, de responsabilidad fiscal o penales por parte de la Fiscalía General de la Nación. En caso positivo, y en lo de su competencia sírvase informar en que casos específicos se aperturaron procesos de responsabilidad fiscal.
  4. Sírvase indicar para el periodo anteriormente señalado en cuales de los sujetos de control por virtud de lo anterior, NO OPERO FENECIMIENTO DE LA CUENTA.
  5. Certificación en la cual se indique que entes de sujetos de control de la Contraloría Distrital, para las vigencias 2008 a 2014, tuvieron calificación desfavorable en cuanto al sistema de control interno. Sírvase indicar acto seguido si como consecuencia de la calificación desfavorable de la auditoria se dio inicio a procesos administrativos, disciplinarios, de responsabilidad fiscal o penales por parte de la Fiscalía General de la Nación. En caso positivo, y en lo de su competencia sírvase informar en que casos específicos se apertura ron procesos de responsabilidad fiscal.
  6. Sírvase indicar y relacionar cuantos auditores en desarrollo de las auditorias

regulares y/o especiales, han sido recusados, declarados impedidos, denunciados por parte de funcionarios de los entes sujetos de control de la Contraloría Distrital para las vigencias 2008 a 2014.

  1. Sírvase cualificar y cuantificar debidamente individualizados, las mejoras sustanciales que el ejercicio del control fiscal ha tenido en los entes sujetos de control para las vigencias 2008 a 2014.

EN RELACION CON LA DIRECCION DE RESPONSABILIDAD FISCAL

Sin perjuicio de la respectiva reserva legal, de la que vienen revestidos los procesos de responsabilidad fiscal, sírvase informar en cada caso particular lo siguiente: Sujetos presuntos responsables, fecha de traslado del hallazgo de auditoria, cuantía del hallazgo, fecha de apertura del proceso de responsabilidad fiscal, estado actual, y si es del caso, fecha del fallo con o sin responsabilidad fiscal. En caso de que cada uno involucre varios procesos de responsabilidad fiscal, individualizarlos.

  1. Prescripción de impuestos a favor del concesionario SACSA S.A. ordenado a través de resolución de saneamiento contable.
  2. Prescripción de impuestos por parte de funcionarios de la Secretaria de Hacienda Distrital.
  3. Contrato para la construcción del espolón en Tierra Bomba.
  4. Contrato para construcción del CAP SAN FERNANDO.
  5. Convenios de asociación con particulares suscritos por los tres alcaldes locales para las vigencias 2011, 2012 y 2013.
  6. Hallazgos en las tres alcaldías menores, cuantas visitas formales de control ha

efectuado, resultado de las visitas y calificación final de las visitas y hallazgos para las alcaldías menores

  1. Contratos PLAZA DE LA ADUANA y PARQUE CENTENARIO.
  2. Gestión de Contratación llevada a cabo en la ESE CARTAGENA DE INDIAS para el año 2012. 2013.
  3. Contrato para la construcción de la IE REPUBLICA DE ARGENTINA
  4. Procesos relacionados con la adquisición de predios por parte de Transcaribe S.A. para construcción del tramo 5A del SITM.
  5. Procesos relacionados con titulación de bienes Baldíos para las vigencias 2008 a 2014 de Edurbe S.A.
  6. Proceso de construcción del Emisario Submarino por parte del contratista EDT MARINE. ACUACAR.
  7. Convenios (de cualquier naturaleza) suscritos por el Distrito de Cartagena con la Cámara de Comercio de Cartagena para la vigencia 2012 y 2013.
  8. Procesos relacionados con el contrato No. 7-110-233-399-2012 SED UAC, a cargo de HERRERA MONSALVE ADOLFO ENRIQUE – CHEMICAL PRODUCTS.

15.Contratos relacionados con la adquisición y mantenimiento de cámaras de seguridad y vigilancia adquiridas por Distriseguridad.

EN RELACION CON LOS PROCESOS DE COBRO COACTIVO

Sin perjuicio de la respectiva reserva legal, de la que vienen revestidos los procesos de jurisdicción coactiva, para el periodo 2008 a 2014, sírvase informar en cada caso particular lo siguiente: Sujetos del cobro coactivo, fecha de mandamiento de pago, cuantía y proceso que dio origen al cobro coactivo. Relacionar para las vigencias 2008 a 2014 el monto de los recursos recuperados por la Contraloría Distrital efectivamente.

Atentamente

CESAR AUGUSTO PION GONZALEZ BANCADA DE LA U