- Le profirió cargos junto con el exdirector del Departamento Administrativo Distrital de Salud, Dadis, Álvaro José Fortich Revollo. Al parecer habrían contratado una empresa sin la capacidad para suministrar las pruebas. Habrían vulnerado los principios de moralidad y eficacia.
Cartagena de Indias, 30 de noviembre de 2022.- La Procuraduría General de la Nación profirió cargos contra el alcalde de Cartagena, William Dau Chamatt, y el exdirector del Departamento Administrativo Distrital de Salud -Dadis-, Álvaro José Fortich Revollo (2020), por presuntas irregularidades en la adquisición de diez mil pruebas rápidas para el diagnóstico del covid-19.
El órgano de control indicó que al parecer la administración seleccionó a la empresa Ventas, Distribución y Marketing Ltda. sin que tuviera la capacidad para suministrar los kits, pues no contaba con la disponibilidad de pruebas requeridas, situación que ocasionó que la alcaldía declarara el incumplimiento del contrato, que tenía un presupuesto de 725 millones de pesos.
Para el Ministerio Público, la falta de idoneidad del contratista “ocasionó la declaratoria de incumplimiento del contrato No. 008 de 2020, desvirtuando las razones que motivaron la contratación de emergencia, que eran la necesidad de contar con un diagnóstico oportuno que permitiera a las autoridades en salud una respuesta inmediata a la crisis de salud pública y social generada para el coronavirus”.
La Procuraduría agregó que la empresa al parecer no se encontraba habilitada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -Invima- para la comercialización de pruebas rápidas y, además, los precios unitarios de los kits ofrecidos eran mayores a los ofrecidos por laboratorios acreditados y reconocidos, con experiencia en el suministro de pruebas rápidas.
En el caso de Fortich Revollo, el órgano de control indicó que al parecer fue quien elaboró el documento que justificó la selección del proveedor, sin aparentemente verificar su idoneidad para ejecutar el contrato. Además, al parecer la justificación incluida en la carpeta del contrato tenía relación con uno diferente, que trataba sobre el suministro de insumos sanitarios y de protección, prevención y reducción de riesgos ante el covid-19.
Por esos hechos la Procuraduría señaló que los investigados habrían vulnerado los principios de moralidad y eficacia, y calificó su presunta conducta como una falta gravísima cometida a título de culpa gravísima.