Avanza ley en el Senado para que condenados por delitos sexuales no trabajen cerca de menores

Senado refuerza medidas para evitar la violencia sexual contra menores de edad.n Según el Instituto Nacional de Medicina Legal, del total de casos de abuso sexual registrado en 2021, el 81.74% corresponden a menores de 18 años, para un total de 18478 casos.

Bogotá, 6 de diciembre de 2023.- La plenaria de Senado aprobó en segundo debate la iniciativa que define en qué cargos, oficios o profesiones una persona que haya sido condenada por delitos sexuales contra menores de edad, no podrá trabajar. Esto como parte de la reglamentación del registro de abusadores sexuales que hoy es ley de la República.

La ley, de autoría de la senadora Nadia Blel y que fue sancionada en 2018, impide que las personas que hayan cometido abusos contra los niños puedan trabajar en cargos que tengan como responsabilidad el cuidado, la recreación, la protección o educación de los menores, esto con el fin de evitar que tengan la mínima oportunidad de reincidir. Para esto creó un registro el cual debe ser consultado por todas estas entidades públicas y privadas antes de contratar a su personal. Sin embargo, la Corte Constitucional pidió que sea el Congreso el que especifique los tiempos y lugares de esta inhabilidad.

“Queremos darles a los padres la tranquilidad de que sus niños estarán en entornos seguros, cuidados y protegidos por personas idóneas, por eso es necesario que el Congreso apruebe esta iniciativa para que el registro pueda operar integralmente y con ello garantizar que aquellos que han dañado a nuestros menores no puedan volver a hacerlo”, afirmó la senadora Blel.

Con esta iniciativa se determina que la inhabilidad para las profesiones, artes u oficios industria será de seis (6) meses a veinte (20) años. Pero para aquellos cargos, oficios o profesiones que involucren una relación directa y habitual con menores de edad, será de diez (10) a treinta (30) años, la cual será iniciará al cumplir la pena a la que fue condenado.

Asimismo, los oficios y profesiones sobre los cuales aplicará esta inhabilidad serán los desarrollados en los ámbitos: educativo, recreativo de cuidado, protección, asistencia, salud, nutrición, bienestar, cultural, artístico, deportivo, religioso, seguridad; que impliquen un trato directo y habitual con el menor de edad sin importar que sean o no remunerados.

“Aquí se trata de proteger a nuestros niños y niñas, y que sus derechos prevalezcan por encima de cualquier otro”, añadió la senadora.

Según datos de la Fiscalía General de la Nación, en los últimos 5 años más de 10 mil personas han sido condenadas por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes. Muchas de ellas fueron conocidas o personas cercanas a los niños. Con esta ley se busca prevenir que más menores de edad sigan siendo víctimas de agresiones sexuales, teniendo en cuenta cifras de Medicina legal indican que solo en 2021 más de 18 mil menores de edad fueron valorados por abuso sexual, en este rango el mayor grupo corresponde de 10 a 14 años con 9.289 (41,09%), seguido de 5 a 9 años con 4.174 (18,46%).