Vuelven los colegios…y los controles al transporte escolar

En operativos especiales y sorpresivos, el Departamento Administrativo de Transporte y Tránsito de Cartagena, DATT, efectuará las revisiones al transporte escolar para verificar si cumplen o no con la normatividad vigente al respecto.

Los operativos serán liderados por el director del DATT, Edilberto Mendoza Goez, y tienen como objetivos evitar cualquier situación que ponga en riesgo la integridad física de estudiantes, al igual que mejorar las condiciones de seguridad vial en la ciudad.

En virtud de esa situación, el DATT solicitó a la Secretaría de Educación Distrital un informe sobre las condiciones actuales de rutas escolares de los planteles educativos de la ciudad. Además se vigilará y controlará la prestación de servicios por parte de vehículos particulares que no reúnen las condiciones ni ofrecen las garantías necesarias para transportar estudiantes.

Mendoza Goez dijo que este tipo de operativos serán constantes, en los cuales además de revisar la documentación necesaria para la prestación del servicio, condiciones físicas del vehículo, también se controlará el exceso de velocidad y de ruido.

El director del DATT reiteró que la intención del DATT no es imponer comparendos o multas, es hacer entender que las normas de tránsito son normas de vida por las cuales debe existir el respeto a fin de disminuir los índices de accidentalidad en Cartagena.

La prestación del servicio escolar en Colombia es regulada por el Decreto 805 de 2008, el Decreto 3964 de 2009 y Decreto 348 de 2015.

La norma establece que para la prestación del servicio de transporte escolar debe realizarse en vehículos de propiedad de la institución educativa o a través del servicio de transporte público especial.

Para tal efecto, se debe suscribir contrato entre la entidad territorial o la Secretaría de Educación de entidades territoriales certificadas o el centro educativo o la asociación de Padres de familia o un grupo de padres de familia con una empresa de Servicio Público de Transporte Especial debidamente habilitada para esta modalidad, cuyo objeto sea la prestación del servicio de transporte de sus estudiantes.

 

Los vehículos deben reunir los siguientes requisitos, entre otros:

  1. Solicitud dirigida a la Dirección Territorial competente del Ministerio de Transporte, suscrita por el representante legal de la empresa de donde va a operar el vehículo.
  2. Copia del contrato de prestación del servicio celebrado entre la empresa y los padres de familia o la entidad contratante del servicio o el grupo específico de usuarios.
  3. Licencia de tránsito del automotor.
  4. Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito- SOAT y certificado de revisión técnico-mecánica y de gases vigentes.
  5. Certificación del sistema de comunicación bidireccional entre el contratante del servicio y el conductor del vehículo.
  6. Copia de las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual vigentes.
  7. Informar al Ministerio de Transporte la jurisdicción del municipio donde se prestará el servicio escolar.