Por incrementar injustificadamente el patrimonio de un tercero, la Procuraduría sancionó, en fallo de primera instancia, a cinco exfuncionarios de la Gobernación de Bolívar que ordenaron ilegalmente el reconocimiento y pago de salarios y prestaciones con presupuesto departamental al señor Luis Alberto García Chacón.
La decisión disciplinaria cobijó a los señores José Julián Vásquez Buelvas, sancionado con destitución e inhabilidad general por el término de 11 años, en su condición de gobernador (E); Alberto Bernal Jiménez, sancionado con suspensión e inhabilidad especial por 11 meses, en su condición de gobernador; Felipe Segundo Merlano de La Ossa, sancionado con destitución e inhabilidad general por 10 años y 8 meses, en su condición de secretario de Hacienda; William Valderrama Hoyos, sancionado con suspensión e inhabilidad especial por el término de ocho meses en su condición de secretario de Hacienda; y Humberto del Río Cabarcas, sancionado con destitución e inhabilidad general por el término de 10 años, en su condición de profesional especializado de la Secretaría de Hacienda.
Según las pruebas analizadas por la Procuraduría Delegada para la Economía y Hacienda Pública, el señor García Chacón estaba inscrito en carrera administrativa y el gobernador del departamento de Bolívar lo declaró insubsistente. Por esta razón, el Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó su reintegro al cargo de tesorero de la Clínica Rafael Calvo y condenó al departamento a pagar a su favor los salarios y demás emolumentos dejados de percibir, debidamente actualizados.
En cumplimiento de este fallo judicial, y ante la imposibilidad jurídica para reintegrar en el cargo a Luis Alberto García Chacón, el departamento de Bolívar reconoció al señor García Chacón los valores que cubrían su indemnización. Sin embargo, de acuerdo con el material probatorio allegado se hicieron reconocimientos y pagos a los que no había lugar, circunstancia que agravó la situación económica del departamento de Bolívar, el cual se encontraba en proceso de saneamiento fiscal.
A juicio del ente disciplinario los exfuncionarios departamentales causaron un grave daño social por propiciar la pérdida de recursos del departamento que se deben emplear en el mejoramiento de la prestación de los servicios del Estado. Así mismo consideró que sus conductas constituyen un mal ejemplo para los subalternos y el descrédito ante la comunidad administrada que confía en que sus gobernantes observen la mejores normas de pulcritud en el manejo del erario público.
La imputación de las conductas de los señores Vásquez Buelvas, Merlano de La Ossa y del Río Cabarcas se hizo a título de culpa gravísima; de los señores Bernal Jiménez y Valderrama Hoyos a título de culpa grave, la falta que se les endilgó fue calificada como gravísima.
Finalmente, el órgano de control precisó que contra esta decisión procede el recurso de apelación.