DATT denuncia a Concesión Vial por extraños reguladores de tránsito

Pese a no existir un convenio suscrito con el Distrito o autorización del DATT, la Concesión Vial contaba con personal uniformado como agentes y/o reguladores de tránsito, en una manifestación ciudadana, sostiene la Alcaldía.

Cartagena de Indias, D. T. y C., 29 de enero de 2021.- El Director del DATT, Janer Galván, interpuso denuncia por los presuntos punibles de usurpación de funciones públicas y simulación de investidura contra el presidente de la Concesión Vial, René Osorio, y personas indeterminadas.

La denuncia se sustenta en que pese a no existir un convenio suscrito con el Distrito o autorización por parte del DATT, la Concesión Vial utilizaba indebidamente personal uniformado como agentes y/o reguladores de tránsito, en medio de una manifestación ciudadana que se realizó después que se diera a conocer el informe de la Contraloría General de la Nación, en el que se reveló que el recaudo de la tasa interna de retorno se habría cumplido desde el año 2015, hechos que quedaron registrados en videos que circulan en las redes sociales.

En la denuncia se precisa que: “Todo parece indicar que, con el uso de la indumentaria parecida a la oficial, pretenden inducir al error a los ciudadanos, haciéndolos creer que se encuentran ante funcionarios de la autoridad de tránsito, legitimados para extender órdenes de comparendo a infractores a las normas de tránsito”.

Se desconoce la identidad de las personas que utilizaban la indumentaria del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, y se espera que en el transcurso de la investigación puedan ser individualizados.

Explicó el Director del DATT que en el año 1998 se celebró un contrato de concesión entre el Distrito y la Concesión Vial a través del cual ésta última se comprometió a realizar los estudios y diseños definitivos, la construcción de las obras y el mantenimiento y operación durante la vigencia del contrato.

En el marco del precitado contrato, el 19 de febrero de 2004 se firmó el Otrosí, número 8, en el que se estableció celebrar un convenio entre las partes para garantizar el manejo adecuado del tránsito y transporte en las vías del proyecto, autorizando así incorporar al modelo financiero una partida mensual destinada al costo del personal a utilizar para el control del tráfico y tránsito en la vía concesionada.

El 1 de enero de 2019 se celebró un último convenio entre el DATT y la Concesión Vial que venció el 31 de diciembre del mismo año, que estableció en su cláusula segunda:
“Alcance: El DATT, con los recursos económicos y logísticos que provea el Concesionario en las condiciones y alcance del otrosi Número 8 de 2004, desarrollará bajo su potestad de autoridad de tránsito y transporte en la Ciudad las siguientes funciones:
1. Regular y controlar la movilidad a lo largo de la vía Corredor de Acceso Rápido a la Variante de Cartagena.
2. Regular el tránsito mediante la vinculación del personal necesario, a través de contratos de prestación de servicios técnicos vinculación efectuada de manera directa por el Concesionario y el control y supervisión a cargo del DATT.
3. Implementar la logística idónea para prestar una mayor presencia en la zona de afluencia del corredor.
4. Ejercer control de velocidad en las vías de afluencia de la vía Corredor de Acceso Rápido a la Variante de Cartagena.
5. Mantener una red de comunicación que facilite el control de tránsito y transporte”.

El DATT envió el 11 de septiembre de 2020 un oficio a la Concesión Vial, donde le informó que para la suscripción de un nuevo convenio era necesario hacer ajustes en las cláusulas del mismo, en especial las referidas al personal utilizado para el control de tráfico y tránsito, el cual debía ser vinculado por la Concesión Vial como Facilitadores de Movilidad, debiendo cumplir con obligaciones e indumentaria distintas a las propias de los agentes de tránsito .

Finalmente, el Director del DATT señaló en la denuncia que no se logró llegar a un acuerdo con el concesionario, y por ende, no se suscribió convenio para la vigencia 2020, ni mucho menos para la vigencia 2021.