Dumek demanda el cobro de valorización en Vía al Mar

Cartagena de Indias, 1 de agosto de 2024.- Ante el Consejo de Estado fue presentada una nueva demanda de nulidad simple contra el Instituto Nacional de Vías (Invías) por el cobro de valorización en el eje vial Cartagena – Barranquilla, que comprende la Vía al Mar y la Circunvalar de la Prosperidad.

La demanda fue presentada por el alcalde de Cartagena, DumekTurbay, quien solicitó que se tumbe la resolución expedida por el Invías para adelantar el cobro de este gravamen a los predios ubicados en la zona de influencia de estas vías.

De acuerdo con el mandatario de los cartageneros, dicho cobro va en contravía del marco jurídico. En su concepto, los actos administrativos del Invías se han expedido infringiendo las normas, decretos y leyes.

En la demanda, Turbay reseñó que el cobro vulnera el artículo 363 superior, considerado como el principio de irretroactividad del tributo. En ese sentido explicó que el proyecto se estructuró por fases derivadas a unidades funcionales, las cuales entraron en operación con anterioridad al citado cobro, “a excepción de la última que corresponde a un porcentaje mínimo del proyecto, vulnerándose por ende el principio de irretroactividad que rige por norma superior en materia tributaria”.

Asimismo, el mandatario sostuvo que el proyecto no cuenta con avalúos actualizados ni con la información completa para determinar con grado de certeza el beneficio producido por el cobro a la zona de influencia.

Turbay indicó que este proceso se sustentó en un informe de una consultoría privada, el cual “no contiene el nivel de detalle requerido para aplicar la citada contribución, siendo dicha firma la competente para definir y calificar la metodología del proyecto”.

El mandatario también puso de presente en la demanda que “el cobro de valorización tiene los elementos subjetivos e incipientes de un proyecto piloto, construido con información catastral y predial desactualizada, sin un censo inmobiliario reciente y sin la realización de un trabajo de campo de corroboración y depuración la información capturada mediante sensores remotos en el estudio preliminar del año 2019”.