El Consejo Nacional Electoral dejó sin piso la pretensión de una ciudadana para revocar la inscripción de Manuel Vicente Duque como candidato a la Alcaldía, al comprobar que nunca ha estado inhabilitado.
La autoridad electoral examinó detalladamente las pruebas allegadas al proceso, y encontró de manera clara y nítida que sus contratos publicitarios se suscribieron antes de iniciarse el periodo inhablitante.
“En lo que respecta a los contratos suscritos por el señor Duque Vásquez con Aguas de Cartagena S.A. E.S.P. y ESE Hospital Local de Cartagena de Indias, respectivamente, lo que se presentó durante el año anterior a la elección próxima a celebrarse, fue la ejecución de los contratos mas no la firma del contrato”, dice la decisión, contenida en la resolución 4365 del 19 de octubre de 2105.
El CNE sostiene en su decisión que “El hecho que el contrato suscrito se haya ejecutado dentro del periodo inhabilitante, y así mismo este se haya liquidado y producido su pago dentro de ese mismo tiempo, no es óbice para declarar la revocatorio de inscripción por la causal invocada, toda vez que ella, única y exclusivamente se predica para la celebración o suscripción del contrato, no respecto de los actos posteriores”.
La decisión termina con esta afirmación: “De acuerdo a las pruebas que reposan en el expediente, no se cumplen los requisitos establecidos para que se configure la causal de inhabilidad invocada, toda vez que el señor Manuel Vicente de Jesús Duque Vásquez no celebró contrato dentro del año anterior a la elección”.