Cartagena de Indias, 11 de agosto de 2023.- El 18 de julio de 2019, Dumek Turbay le ganó una tutela a William Dau, y ahora, cuatro años después y por el mismo caso, vuelve a obtener protección legal por un nuevo desacato a ese fallo.
El juez Quinto Civil del Circuito de Cartagena concluyó que Dau volvió a vulnerar los derechos de Dumek Turbay y ordenó cinco días de arresto en la Policía Metropolitana y multa de tres salarios mínimos.
La decisión se conoce en medio de un ambiente de “guerra sucia” en la actual campaña a la Alcaldía de Cartagena, y donde Dumek Turbay es uno de los candidatos de mayor favoritismo.
Precisamente, desde el Palacio de la Aduna se denunció ante la Fiscalía un video que circuló en WhatsApp contra el equipo de prensa oficial, y se pidió respeto y juego limpio. No obstante, resulta contradictorio que uno de los más frecuentes encartados en procesos judiciales por tutelas que amparan el buen nombre sea el mismo alcalde Dau.
Este fallo podría hacer parte de un acerbo probatorio para otro tipo de acciones judiciales, de naturaleza penal, para proteger el bien jurídico de la administración de justicia y el respeto a sus decisiones, alejarlo de defraudaciones.
El desacato cuatro años después
En 2019, Dau había publicado una diatriba deshonrosa contra Dumek, y el pasado 28 de junio la repitió, aunque algo modificada. Según el alcalde, no había tal desacato a la tutela, pero el juez no acogió su endeble argumento, y ordenó su arresto.
El juez, en el punto quinto del fallo, estipuló: «Esta decisión deberá consultarse por el Honorable Tribunal del Distrito Judicial de Cartagena».
En el fallo se lee lo siguiente:
La orden de tutela proferida la fecha 18 de julio de 2019, resolvió “ORDENAR al señor WILLIAM DAU CHAMAT que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas rectifique las afirmaciones realizadas, que deberán cumplir con los parámetros constitucionales que garanticen la salvaguarda del derecho a la honra y buen nombre del accionante. Esta rectificación deberá ser compartida en todos los medios en que fue difundida las primeras afirmaciones, es decir, Facebook, youtube, el portal LET ̈S SAVE CARTAGENA y cualquier otro medio en que haya sido difundida”.
Por auto del 18 de julio de 2023, se resolvió abrir incidente de desacato, procediendo el despacho a decretar pruebas en auto del 27 de julio hogaño.
“…revisa el despacho el video publicado el 28 del pasado mes de junio hogaño, advirtiéndose que, a pesar de que éste obedece a un pequeño fragmento de aproximados cuatro (4) minutos de lo expuesto en el video inicial del 2019, se refiere nuevamente al señor Dumek Turbay, aunque no con las afirmaciones de aquella oportunidad, sí rememorando las sendas denuncias que en aquella época hizo, “denuncias” o exposiciones que fueron objeto de control constitucional por este despacho y que precisamente, llevaron al amparo de los derechos del señor Dumek Turbay”.
“Así las cosas, al compartir nuevamente parte de las manifestaciones que llevaron al señor William Dau Chamat a vulnerar los derechos del quejoso, este despacho considera que se encuentra el señor accionado reincidiendo en las conductas lesivas que se censuraron en el fallo de tutela; teniéndose en cuenta que no aportó hasta la fecha de esta providencia, constancia de que tal publicación, esta es, la efectuada el 28 de junio hogaño hubiere sido eliminada”.
Teniendo en cuenta lo anterior y sabiendo que las órdenes que los jueces impartan para resguardar los derechos fundamentales deben ser cabalmente observadas, le encuentra esta célula judicial en desacato del fallo de tutela proferido por esta judicatura el día 25 de julio de 2019 y como consecuencia de lo anterior, se le ordenará a que proceda a dar cumplimiento inmediato a la orden proferida en el fallo en mientes, imponiendo sanción a WILLIAM DAU CHAMAT, con el equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la ejecutoria de este auto, que deberán ser consignados a órdenes de la RAMA JUDICIAL – CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, en el Banco Agrario de Colombia Cuenta No. 3-0070- denominada DTN Multas y Cauciones, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta providencia, y tres (3) días de arresto respectivamente que deberán cumplir en las instalaciones de la Policía Metropolitana de Cartagena.
En mérito de lo expuesto, el Juez Quinto Civil del Circuito de Cartagena,
RESUELVE:
PRIMERO: Declarar que WILLIAM DAU CHAMAT, ha incurrido en desacato al fallo de tutela proferido por esta judicatura el 25 de julio de 2019.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordena a WILLIAM DAU CHAMAT a que proceda a dar cumplimiento inmediato a la orden proferida en sentencia de tutela de fecha 25 de julio de 2019.
TERCERO: Sancionar a WILLIAM DAU CHAMAT con el equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la ejecutoria de este auto, que deberán ser consignados a órdenes de la RAMA JUDICIAL – CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, en el Banco Agrario de Colombia Cuenta No. 3-0070- denominada DTN Multas y Cauciones, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta providencia, y cinco (5) días de arresto respectivamente que deberán cumplir en las instalaciones de la Policía Metropolitana de Cartagena.
CUARTO: Notifíquese esta decisión a los funcionarios señalado en el artículo primero de la presente providencia, por el medio más expedito y eficaz.
QUINTO: Esta decisión deberá consultarse por el Honorable Tribunal del Distrito Judicial de Cartagena, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del Decreto 2591 de 1991″.
SERGIO RAFAEL ALVARINO HERRERA
JUEZ
Aunque la Alcaldía de Cartagena no mencionó el nombre de Dumek Turbay, ni el del Juzgado que profirió la decisión, expidió este comunicado, aparentemente en relación con este caso:
Comunicado a la opinión pública
Cartagena de Indias D.T y C; 11 de agosto de 2023. La Alcaldía de Cartagena aclara a la ciudadanía y a los medios de comunicación que el fallo sancionatorio emitido por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cartagena, consistente en una multa y cinco días de arresto en contra del Alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, no está en firme.
Dicha orden judicial debe surtir el grado jurisdiccional de consulta ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.
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