Sensatez: Dumek tumbó delirio legal de Dau que alteró requisitos para ser Alcalde Local

Cartagena de Indias, 6 de febrero de 2024.- El alcalde mayor de Cartagena, Dumek Turbay Paz, a través del Decreto 0151 del 5 de febrero de 2024, dejó sin validez los requisitos “sobre la formación académica y experiencia” que limitaban la postulación de aspirantes a las Alcaldías locales del Distrito.

De acuerdo con el nuevo Decreto 0151, con relación a los alcaldes locales, catalogados como de libre nombramiento-período fijo, los anteriores requisitos “sobre la formación académica y experiencia”, a partir de la fecha no aplicarán, tal y como lo establece el artículo 40 de la Ley 1617 de 2013, y sobre el cual la actual Administración Distrital considera que no debieron efectuarse ningún tipo de modificaciones.

Cabe resaltar que el artículo 40 de la Ley 1617 de 2013, que reglamenta de manera clara la elección de los alcaldes locales, establece que “para ser alcalde local se debe cumplir con los mismos requisitos que el alcalde distrital. El concejo distrital reglamentará sus funciones y asignación salarial, inhabilidades, incompatibilidades y todo lo relacionado con el cargo conforme a las disposiciones legales vigentes. Su período será el del alcalde distrital y el costo de estas asignaciones salariales será cubierto por los recursos propios del distrito”.

De acuerdo con la Ley 1617 de 2013, en su artículo 30, “para ser elegido alcalde distrital se requiere ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente en el respectivo distrito o de la correspondiente área metropolitana durante un (1) año anterior a la fecha de la inscripción o durante un período mínimo de tres (3) años consecutivos en cualquier época”.

Ello deja en evidencia que, más allá de la normativa vigente, no existió ninguna justificación legal válida para modificar el Manual de funciones en torno a los requisitos de quienes aspiren a ser alcaldes locales.

Audiencia pública y selección de ternas

El alcalde mayor de Cartagena, Dumek Turbay Paz, emitó en enero pasado el Decreto 0011 de 2024 en el que convoca a las Juntas Administradoras Locales (JAL) del Distrito de Cartagena a una asamblea pública para integrar las ternas que permitirán el nombramiento de los alcaldes locales de las localidades Histórica y del Caribe Norte, de la Virgen y Turística e Industrial y de la Bahía.

La asamblea pública se efectuará este miércoles 7 de febrero de 2024 de manera simultánea en las sedes oficiales de cada una de las tres localidades: Localidad Histórica y del Caribe Norte (barrio El Country, segundo piso), Localidad de la Virgen y Turística (Casa de Justicia de Chiquinquirá, segundo piso), y Localidad Industrial y de la Bahía (Biblioteca Jorge Artel, segundo piso).

De acuerdo con el decreto, la asamblea pública deberá contar con un quórum no menor al ochenta por ciento (80%) de los miembros de la Junta Administradora Local y utilizará el sistema del cociente electoral para integrar las ternas.